PUBLICIDAD
Wilas

Como poner pension ???

HOla buenos dias, quiero exponer mi caso porque me siento realmente perdida y no se que hacer ni a donde acudir primero...
Soy mama soltera de una bebe de 9 meses, el padre de mi hija es un jove de 28 años el cual labora en su empresa propia de agricultura el no cotiza para la caja, se que tiene otro tipo de seguro y algo del ins eso es todo, el proviene de una familia de mucho dinero pero a mi el papa de el solo me da 56mil colones por mes y no me ayuda en nada! el tiene cuentas en bancos y se que sus gastos en bares pasan los 130mil colones POR SALIDA! osea cada vez que sale gasta eso, y asi con otro tipo de gastos personales de el... el a nombre propio no tiene nada ni el carro! todo lo ponen a nombres de sociedades y cosas asi...
Mi pregunta es, como hago para poder ponerle una pension junta para poder salir adelante con los gastos de mi bebe??? yo trabajo no soy ninguna vaga pero mi salario es pequeño es de 250mil por mes, y tengo un prestamo en CONAPE el cual ya me encuentro pagando por lo que se me hace mas cuesta arriba todo.
A donde debo acudir? Le puedo poner pension?, el ademas siempre sale mucho del pais y me da miedo que en una de tantas no regrese pues tiene mucha familia en el extrangero entonces no me volveria a dar nada para mi bb, le puedo poner restriccion de salida del pais? y si fuera el caso se le puede poner impedimento de visita para mi hija? el es una persona que no es sana emocionalmente, es agresiva y hasta tiene un psiquiatra me da miedo que me quite a mi hija y se la lleve, por favor necesito su ayuda y consejo no se que hacer y temo por todo!
 
el es una persona que no es sana emocionalmente, es agresiva y hasta tiene un psiquiatra me da miedo que me quite a mi hija y se la lleve, por favor necesito su ayuda y consejo no se que hacer y temo por todo!
excelente padre para tu hijo el que fuiste a escoger, ahh pero tiene plata, ya.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Lo que necesito es una respuesta legal no un comentario que no me ayuda en nada si no va a poner nada constructivo mejor ni responda y ahorrese el escribir, sino sabe del tema entonces mejor ni lo lea!
 
Pro experiencia propia a la hora que usted le pone pension automaticamente se gira una orden a migracion donde le impiden la salida del pais a menos que usted le firme una carta autorizandole la salida y que el tenga que depositarle creo que minimo 3 o 6 meses de pension, usted puede ir al juzgado de familia o de pensiones de circuito judicial mas cercano a su comunidad...
Ahora si usted expone todo eso y el no reporta a la caja a usted le podrian dar ordenes para que los bancos le entreguen estados de cuenta de esa persona y de ahi se saca para calcular la pension...
Despues con su hija si usted le pone medidas cautelares por su condicion de inestabilidad emocional el puede pedir un regimen de visitas y usted tambien puede pedir una evaluacion psicologica para ver cual de los dos es mas apto para el cuido de su bb, por ley la patria potestad se la dan a la madre, solo en casos muy especiales se los dan al padre...

Por otro lado he visto casos donde la muchacha recibe bastante dinero por parte del padre de la criatura y se ponen a poner pension y el estado les declara menos cantidad lo cual favorese al padre de la criatura... mi consejo es tenga cuidado con lo que hace y trate de hacer un proceso de pension por mutuo consentimiento donde los dos lleguen a un acuerdo de cuanto le va a dar por mes, si no se puede pues ni modo...

Suerte...
 
Amiga, no te voy a hacer comentarios tan ESTÚPIDOS y fuera de lugar como el que arriba te hicieron.

El asunto es así: obvio que tenés derecho a interponer la demanda de pensión alimentaria. La demanda se interpone en los Juzgados de Pensiones Alimentarias. Habría que ver adonde vivís, para saber adonde tenés que demandar. Lo IDEAL es que busqués ayuda profesional (un abogado), pero si no podés, tenés estas opciones: 1) la Defensa Pública está obligada ahora a llevar gratuitamente esos casos; 2) en los consultorios jurídicos de las universidades también te pueden asesorar gratuitamente; 3) vos solita la podés interponer, verbalmente, en el propio Juzgado.

Aquí la clave no es cuanto tiene ese "padre ejemplar" sino cuanto NECESITA la chquita. Y esto debe ser probado... Así que ponete a documentar, con facturas y recibos, todo lo que gastés en la chiquita: comida, ropa, zapatos, educación, diversión, medicinas, etc. Si vos probás gastos elevados, la pensión deberá fijarse en función de los gastos, y si el "caballerito" ese no tiene con que pagar, pues ese es su problema... o paga o va de vacaciones a San Sebas por seis meses.

Sobre la salida del país, no se lo podés impedir, pero una vez interpuesta la demanda el debería depositar 14 meses de la pensión para que el Juzgado le autorice la salida.

Y sobre lo de los bienes en sociedades, eso podría no ser problema, si se prueba su relación con esos bienes y con las sociedades. Es un trabajo muy especializado y profesional y se hace aplicando una teoría que se llama la Teoría del Corrimiento del Velo Societario.

Suerte!
 
Amiga, no te voy a hacer comentarios tan ESTÚPIDOS y fuera de lugar como el que arriba te hicieron.

El asunto es así: obvio que tenés derecho a interponer la demanda de pensión alimentaria. La demanda se interpone en los Juzgados de Pensiones Alimentarias. Habría que ver adonde vivís, para saber adonde tenés que demandar. Lo IDEAL es que busqués ayuda profesional (un abogado), pero si no podés, tenés estas opciones: 1) la Defensa Pública está obligada ahora a llevar gratuitamente esos casos; 2) en los consultorios jurídicos de las universidades también te pueden asesorar gratuitamente; 3) vos solita la podés interponer, verbalmente, en el propio Juzgado.

Aquí la clave no es cuanto tiene ese "padre ejemplar" sino cuanto NECESITA la chquita. Y esto debe ser probado... Así que ponete a documentar, con facturas y recibos, todo lo que gastés en la chiquita: comida, ropa, zapatos, educación, diversión, medicinas, etc. Si vos probás gastos elevados, la pensión deberá fijarse en función de los gastos, y si el "caballerito" ese no tiene con que pagar, pues ese es su problema... o paga o va de vacaciones a San Sebas por seis meses.

Sobre la salida del país, no se lo podés impedir, pero una vez interpuesta la demanda el debería depositar 14 meses de la pensión para que el Juzgado le autorice la salida.

Y sobre lo de los bienes en sociedades, eso podría no ser problema, si se prueba su relación con esos bienes y con las sociedades. Es un trabajo muy especializado y profesional y se hace aplicando una teoría que se llama la Teoría del Corrimiento del Velo Societario.

Suerte!
Mae vos sos abogado? nos podrias explicar eso de la Teoria del Corrimiento del Velo Societario? me interesa, tienes razon en eso de que si el mae no puede pagar que es problema de el, pero tengo entendido que bueno por ser empresario propio le tienen que hacer una investigacion y todo e igual si fuera asalariado creo que la ley especifica que no se le puede pedir pension a un hombre de mas se la mitad de su salario liquido... creo que lo mejor es no crear falsas espectativas en la amiga forera porque los hombres siempre se defienden y muchas veces de la peor manera posible... mi papa lo hizo, yo puse una pension junto con mi ex por mutuo consentimiento y es bastante elevada y mas de la mitad del salario liquido, ya ahi son otros 100 pesos...

Saludos.
 
Gracias a los que me respondieron de manera profesional y correcta, agradezco sus respuestas y ante todo su honestidad y consejos voy a empezar a buscar estos medios que me indican
 
Mae vos sos abogado? nos podrias explicar eso de la Teoria del Corrimiento del Velo Societario? me interesa, tienes razon en eso de que si el mae no puede pagar que es problema de el, pero tengo entendido que bueno por ser empresario propio le tienen que hacer una investigacion y todo e igual si fuera asalariado creo que la ley especifica que no se le puede pedir pension a un hombre de mas se la mitad de su salario liquido... creo que lo mejor es no crear falsas espectativas en la amiga forera porque los hombres siempre se defienden y muchas veces de la peor manera posible... mi papa lo hizo, yo puse una pension junto con mi ex por mutuo consentimiento y es bastante elevada y mas de la mitad del salario liquido, ya ahi son otros 100 pesos...

Saludos.
Si soy abogado. Te recomiendo estos textos para que te iniciés en el conocimiento de la Teoría del Corrimiento del Velo Societario: BORDA (Guillermo Julio), La persona jurídica y el corrimiento del velo societario, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000, 276p. y HERRERA FONSECA (Rodrigo) La doctrina del levantamiento del velo de las personas jurídicas y su responsabilidad civil por hechos ilícitos penales, San José, IJSA, 1a edición, 2000, 110p. Son obras introductorias al tema, bastante accesibles y elementales. Además, en la página de la Procuraduría vas a encontrar jurisprudencia sobre el tema.
 
Si soy abogado. Te recomiendo estos textos para que te iniciés en el conocimiento de la Teoría del Corrimiento del Velo Societario: BORDA (Guillermo Julio), La persona jurídica y el corrimiento del velo societario, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000, 276p. y HERRERA FONSECA (Rodrigo) La doctrina del levantamiento del velo de las personas jurídicas y su responsabilidad civil por hechos ilícitos penales, San José, IJSA, 1a edición, 2000, 110p. Son obras introductorias al tema, bastante accesibles y elementales. Además, en la página de la Procuraduría vas a encontrar jurisprudencia sobre el tema.
Excelente compa, voy a ver como los consigo (plata) y me les pego la leida, tuanis por la info :idea:
 
buenas amigo abogado si me puedes ayudar con una duda...
el papá de mi hijo no me ayuda para nada si solicito la pencion me tiene que pagar los 9 meses de embarazo[FONT=&quot]?[/FONT]
 

Nuevos temas

Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes. Contrate al WhatsApp 64320305 de ASESORIA TRIBUTARIA
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie