El punto 9 se refiere a las pensiones alimentarias...9. A alimentos mutuos.
Analisis
No es necesario. Ni entiendo este punto.
Conclusion: es cierto lo que dice peyistez por ser un derecho idiota
11. A ejercer la curatela de su pareja.
No se ni que es curatela. Triboniano?
12. A someter, por escritura pública, la vivienda propia compartida por la sociedad a un régimen de protección, en el que no le afectará deudas sino son contraídas por ambos convivientes.
Analisis
Las parejas homosexuales pueden optar por esto mediante sociedades anonimas, cosa que no tiene que hacer las parejas heterosexuales.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
El punto 11 se refiere a la posibilidad de representar y administrar el patrimonio y los intereses de quien no puede valerse por si mismo...
El punto 12 se refiere al mal llamado "patrimonio familiar", que protege la vivienda del nucleo familiar... Y no se puede lograr através de sociedades, ya que las personas jurídicas (sociedades) no tienen parientes.
Ah! Y dejá de estarme invocando, que ya los trogloditas retrógrados fundamentalistas me están dando color de playo en el foro... La verdad los respeto mucho, pero lo mio son las nenas... Respuesta definitiva!