Consulto sobre un tema muy repetitivo; pero, si nos pueden ayudar se lo agradecemos.
Si un empleado tiene un salario de 400.000°° colones, paga una pensión de 100.000°° colones por medio de rebajo salarial (él había traído un documento del juzgado para que le hiciéramos el rebajo de pensión y es una pensión que le pusieron y él al final estuvo de acuerdo con el monto). ¿Es posible que hagan un embargo de salario por una deuda? Es que en muchos blogs hemos leído que no es posible, luego en otros leemos que si es posible. Y tenemos una gran confusión.
Además, si se recibe el pago por medio de una cuenta del Banco Nacional, es posible que además del embargo en el trabajo se haga un embargo en la cuenta del Banco Nacional ? es que de ser así sería doble embargo y dejaría en cero el ingreso por salario. Y ya preguntamos y el patrono no da la posibilidad de pagar el salario por otra vía (efectivo, cheque, etc).
Gracias,
Si un empleado tiene un salario de 400.000°° colones, paga una pensión de 100.000°° colones por medio de rebajo salarial (él había traído un documento del juzgado para que le hiciéramos el rebajo de pensión y es una pensión que le pusieron y él al final estuvo de acuerdo con el monto). ¿Es posible que hagan un embargo de salario por una deuda? Es que en muchos blogs hemos leído que no es posible, luego en otros leemos que si es posible. Y tenemos una gran confusión.
Además, si se recibe el pago por medio de una cuenta del Banco Nacional, es posible que además del embargo en el trabajo se haga un embargo en la cuenta del Banco Nacional ? es que de ser así sería doble embargo y dejaría en cero el ingreso por salario. Y ya preguntamos y el patrono no da la posibilidad de pagar el salario por otra vía (efectivo, cheque, etc).
Gracias,