En lo establecido ud tiene derechos igual que deberes. Quien paga pensión esta cumpliendo sus deberes y no dejarlo ver al hijo es un atropello a los derechos de esa persona. Para pelear por eso se solicita el regimen de visitas que en teoria no deberia ser necesario pero si se requiere primero debe cumplir con la pension.
Incumplir el regimen de visitas ya pasa a ser un caso penal por que es desobedecer una orden judicial.
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Amigo por favor no se ponga a discutir lo que no sabe, se lo digo no como regaño sino con el mayor de los respetos. Usted para cuestionar primero debe saber y se nota desde su primer aporte usted ignora el tema.
La pensión no es prerequisito para tramitar el régimen de visitas, son procesos aparte. La pensión fija el monto de dinero para cubrir las necesidades básicas, de alimento, ocio, vestido, transporte, vivienda entre otros que pueda demostrar el solicitante.
El régimen de visitas es la interposición formal de una solicitud de días, horas, lugar, tiempo, fechas en los cuales los progenitores tendrán la custodia y cuido del hijo o de los hijos. Se puede dar perfectamente la situación de pedir un régimen de visitas cuando no existe pensión alimentaria, porque lo que está en disputa es el tiempo a compartir con el menor.
Al usted decir que debe a fuerza tener la obligación alimentaria demuestra un total desconocimiento. Enreda las personas que intentan guiarse un poco en un foro público, que valga la aclaración, por este tipo de cosas no es el mejor lugar para informarse porque participan todo tipo de personas, algunas sin el conocimiento.