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Wilas

Duda sobre suspensión

Algun@ que me refresque la memoria en cuánto a legislación laboral se refiere. El asunto está así, un amigo tiene 5 años de trabajar para una empresa, durante este lapso ha llegado tarde (en promedio, 25 días por año). Resulta que nunca le llamaron la atención ni lo amonestaron por escrito. Sin embargo, la semana pasada lo mandaron 3 días para la casa ya que lo suspendieron por llegadas tardías. Si mi memoria no me falla, creo que después de un año sin recibir algún tipo de sanción esto se vuelve en un derecho adquirido, por lo cual no pueden suspenderlo. Es esto correcto?
 
Yo no sere abogado, pero no creo q ninguna legislacion a ud le diga q llegar tarde al trabajo es un derecho adquirido por mas veces q lo haya hecho Si llego tarde tantas veces y solo lo suspendieron de gracias pr ya lo podrian haber hechado.
 
Man aunque no me lo crea, eso me lo dijo un abogado de una entidad pública hace como 3 años, lo que no recuerdo es el tiempo, no estoy seguro si era un año o un poco más. Así que no se que tan cierta será la versión. Obviamente, y si fuera cierto, a cual empresa le sería conveniente divlugar esta situación???
 
pues no se, lo q si te puedo decir es q si no hay reglamento interno q diga como es la cosa con las tardias y las suspensiones se les hace mas dificl a los patronos probar la cosa, asi q si se les mete el ministerio de trabajo le puede ir feo.
 
Yo también escuché a un prof de la U hablar sobre eso. Pero fue hace ratillo y ya no lo recuerdo muy bien. Creo que lo que expuso Nel tiene algo de cierto. Algún abogado que nos ilumine?
 

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