El banco que lo embargó SI le notificó. Suave, no se haga bolas..
Cuando Usted firmó alguna vara para que le prestaran una plata (préstamo, tarjeta de crédito o cualquier otra forma de financiación) Usted debió indicar en sus calidades, su domicilio. Además, todos esos contratos llevan una letra menuda que dice algo como "renuncio a mi domicilio y trámites.....".
El banco, en su gestión de cobro, utilizó el domicilio que Usted proporcionó. Si no lo encontraron, es problema suyo al no haber dado un domicilio exacto y verificable. Aún así, una vez hecha la primera gestión de cobro judicial, y al no contestarla Usted, el juzgado asume que ya fue notificado. Posiblemente también fue notificado por medio de La Gaceta.
Ahora, sobre el carro, ahora pesan dos gravámenes sobre él. Primero, la prenda (si está inscrita) y segundo, el embargo del banco.
Si pueden hacerlo. Lo que pasa es que Usted no estaba enterado por las razones que arriba le expongo.