A la hora de que un abogado emite una letra de cambio entre el librado y el beneficiario y luego el abogado coloca su firma
¿Es posible que al abogado solo con el mero hecho de poner su firma se le pueda asumir como el aval, aun si en el documento no se expresa específicamente que el abogado toma el rol de aval?
De antemano gracias por la ayuda
¿Es posible que al abogado solo con el mero hecho de poner su firma se le pueda asumir como el aval, aun si en el documento no se expresa específicamente que el abogado toma el rol de aval?
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