A3
Licencia tipo A-3: al igual que las otras, será para conducir vehículos automotores tipo bicimoto y motocicleta, de combustión interna, eléctricos o híbridos, pero sin límite de cilindrada o potencia.
Los conductores acreditados con este tipo de licencia podrán conducir todos los vehículos autorizados para las licencias clase A (A-1 y A-2).
Antes de la reforma a la Ley de Tránsito, solían existir las licencias tipo A-4, sin embargo, al llevarse a cabo el cambio, estas desaparecieron.
No obstante, aquellas emitidas con anterioridad a la publicación de dicha ley conservarán su validez hasta su vencimiento, pero para su renovación a los aspirantes se les otorgará la tipo A-3.
Así que ya sabe, antes de comprar una motocicleta, verifique primero si tiene la licencia correcta, o bien, si ya tiene la moto, pero no la licencia, asegúrese de que obtendrá la correcta y evite recibir un parte por no contar con la acreditación correcta.