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Wilas

Derechos Laborales

Buen día Foreros.

Hace 3 meses deje de trabajar para una empresa, renuncie porque igual me iban a despedir sin derechos pero para que no dieran malas referencias pues me dieron la opción de dar la renuncia.

A mitad de diciembre me depositaron la mitad de mis derechos laborales (Aguinaldo y vacaciones). Aún no he recibido la otra mitad.

Mi pregunta es ¿Hay un tiempo limite para que ellos paguen? o ¿puedo perder esos derechos por no denunciarlos con el ministerio de trabajo?

Gracias por tomarse el tiempo de leer y contestar mis preguntas.
 
SOBRE EL PLAZO PARA PAGAR: No hay un plazo establecido en la Ley, porque ese pago debe ser único e inmediato. Inmediato significa que si a vos te despiden el 2, y te pagan quincenal, pues te deben dar la liquidación el siguiente 15. O si te despiden el 23, te deberían pagar todo el siguiente 1.
SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE TUS DERECHOS: Los derechos laborales prescriben al año de que se haya terminado la relación laboral. Si no los reclamás en ese tiempo, los perdés. Ah! Y ni perdás el tiempo en el Ministerio de Trabajo, que ellos son unos donnadie y no tienen potestad alguna para obligar a ningún patrono a pagar nada. Andate de una vez al JUZGADO DE TRABAJO a presentar la demanda.
 
Consulta

Hola tengo una consulta por si me pueden ayudar me despidieron sin responsabilidad patronal por causas injustas, cuando fui al Ministerio de Trabajo a la primera audiencia el patrón no se presento, yo creí que al no presentarse pasaba a cobro judicial inmediatamente, yo incluso lleve a mi abogado y todo, mi sorpresa fue cuando me dijeron que no pasaba ABSOLUTAMENTE NADA e igual tengo que presentar la demanda, ahora quiero saber si ellos se pueden presentar al juicio sin abogado? y lo segundo si ellos no se presentaran al juicio, a la audiencia entonces si pasa a cobro judicial osea cuales son las opciones para poder cobrar??? gracias
 
Hola tengo una consulta por si me pueden ayudar me despidieron sin responsabilidad patronal por causas injustas, cuando fui al Ministerio de Trabajo a la primera audiencia el patrón no se presento, yo creí que al no presentarse pasaba a cobro judicial inmediatamente, yo incluso lleve a mi abogado y todo, mi sorpresa fue cuando me dijeron que no pasaba ABSOLUTAMENTE NADA e igual tengo que presentar la demanda, ahora quiero saber si ellos se pueden presentar al juicio sin abogado? y lo segundo si ellos no se presentaran al juicio, a la audiencia entonces si pasa a cobro judicial osea cuales son las opciones para poder cobrar??? gracias
Con solo lo que relatás, tu abogado no está en nada, ni tiene la menor idea de lo que está haciendo... Ir al Ministerio de Trabajo es sencillamente PERDER TIEMPO Y PLATA. Vos tenés que demandar. La demanda el Juzgado la notificará al patrono, y este verá si la contesta o no. Hay que ver si el asunto es de mayor o de menor cuantía, pero indiferentemente de eso, una vez notificado el patrono, es cosa de él si aparece o no. Vos limitate a presentar tu prueba (documentos, testigos, etc.) y a esperar la sentencia. Si es de menor cuantía, no tiene apelación y si es de mayor, si se puede apelar e incluso llegar a Casación. Ahora bien, antes de meterte en ese verengenal, lo primero que tenés que hacer es estar seguro que hay bienes que embargarle a tu expatrono. Porque si no tenés nada que embargar, vas a ir a perder el tiempo...
Mucha suerte!
 
Con solo lo que relatás, tu abogado no está en nada, ni tiene la menor idea de lo que está haciendo... Ir al Ministerio de Trabajo es sencillamente PERDER TIEMPO Y PLATA. Vos tenés que demandar. La demanda el Juzgado la notificará al patrono, y este verá si la contesta o no. Hay que ver si el asunto es de mayor o de menor cuantía, pero indiferentemente de eso, una vez notificado el patrono, es cosa de él si aparece o no. Vos limitate a presentar tu prueba (documentos, testigos, etc.) y a esperar la sentencia. Si es de menor cuantía, no tiene apelación y si es de mayor, si se puede apelar e incluso llegar a Casación. Ahora bien, antes de meterte en ese verengenal, lo primero que tenés que hacer es estar seguro que hay bienes que embargarle a tu expatrono. Porque si no tenés nada que embargar, vas a ir a perder el tiempo...
Mucha suerte!

Gracias por tu respuesta, si ahora que me doy cuenta fue también una estafa de mi abogado desde el principio... :(
en mi caso la indemnización es de menor cuantía, por eso quiero saber, ellos se pueden presentar sin abogado al juicio????
 

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