herediano33
ANÓNIMO
Vivo en un condominio. Mensualmente debo cancelar una cuota de mantenimiento. Como la mayoría de personas encontré la forma de hacerlo por transferencia electrónica a través de internet porque verdaderamente no tengo tiempo para ir al banco o a la oficina del administrador a cancelar. Lo que suelo hacer es que mando por correo electrónico una copia de la transferencia al administrador para advertirle del pago.
Recientemente recibimos todos los condóminos un boletín donde el administrador indica que además de la transferencia debemos apersonarnos a su oficina a retirar los recibos porque de lo contrario aunque hayamos depositado, la fecha de pago corre a partir del día en que nos confeccione el recibo y hasta nos puede cargar intereses.
No sé hasta qué punto esto sea legal porque el pasará por alto la fecha en que se haya realizado el depósito y pretende obligarnos a sacar tiempo para ir a su oficina no a cancelar sino a retirar el recibo, cosa que personalmente me parece un abuso y una cuestión de mero capricho y prepotencia.
Puedo estar equivocado y soy abierto a recibir opiniones adversas si las merezco porque me ayudarían a ubicarme si lo merezco.
Recientemente recibimos todos los condóminos un boletín donde el administrador indica que además de la transferencia debemos apersonarnos a su oficina a retirar los recibos porque de lo contrario aunque hayamos depositado, la fecha de pago corre a partir del día en que nos confeccione el recibo y hasta nos puede cargar intereses.
No sé hasta qué punto esto sea legal porque el pasará por alto la fecha en que se haya realizado el depósito y pretende obligarnos a sacar tiempo para ir a su oficina no a cancelar sino a retirar el recibo, cosa que personalmente me parece un abuso y una cuestión de mero capricho y prepotencia.
Puedo estar equivocado y soy abierto a recibir opiniones adversas si las merezco porque me ayudarían a ubicarme si lo merezco.