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Los timbres son el 5% del valor fiscal del carro + lo que cobre de honorarios el abogado (aquí es donde uno busca el ahorro) + un documento que hay que hacer donde se dice que ya el carro queda como responsabilidad de la otra persona, es que no me acuerdo cómo se llama.
Equivocado amigo, nada q ver!
Lo que se cobra en un traspaso es el 3.5% del valor fiscal del carro, del cual un 2% corresponde al impuesto de transferencia y el 1.5% restante corresponde al registro (timbres)! En dado caso que el vehiculo este para inscribir y el DUA este a su nombre se paga unicamente el 1.5% ya que no hay transferencia, x lo tanto no se puede cobrar este impuesto!
A esto sumele lo que cobra el abogado!
Que porcentaje dice el colegio que se debe cobrar?
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