Adiós al 'Raptito': Asamblea Legislativa elimina figura controvertida del Código Penal

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¡Imagínate la bronca que nos traía el tema del ‘rapto’ en el Código Penal! Resulta que, aunque parezca increíble, existía una figura legal que generaba más controversia que un debate entre cedistas y calderonistas. Pues bien, amigos y amigas, la Asamblea Legislativa le puso punto final a esta peculiaridad legislativa, eliminándola en dos debates. ¡Un alivio, diay!

La historia detrás de esto es bastante interesante. Desde hace años, organizaciones feministas y expertas legales han argumentado que la figura del “rapto”, tal como estaba redactada, resultaba discriminatoria contra las mujeres y, además, chocaba con tratados internacionales que Costa Rica ha ratificado, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Era un churro, vamos.

Según explican, el problema radicaba en que, ante la sustracción de una menor con fines nupciales, pese a existir el delito de privación de libertad, se podía argumentar que la figura específica del “rapto” era la aplicable. Esto permitía imponer penas considerablemente menores que las correspondientes al secuestro, generando un efecto perverso que minimizaba la gravedad de la situación y, encima, perpetuaba prácticas ancestrales que van en contra de todos nuestros valores.

El proyecto de ley, impulsado por el diputado Antonio Ortega del Frente Amplio, busca solucionar este embrollo legal. Concretamente, se derogan los artículos 163, 164, 165 y 166 del Código Penal. La intención es clara: fortalecer la protección jurídica de la integridad personal y la libertad sexual de las mujeres en nuestro país. En otras palabras, eliminar cualquier resquicio que pueda ser utilizado para justificar actos violentos y discriminatorios.

“Esto es un paso importantísimo hacia la igualdad de género y la erradicación de la violencia machista,” declaró la diputada Verónika Pérez durante el debate legislativo. “Hemos logrado armonizar nuestra legislación con los estándares internacionales de derechos humanos y enviar un mensaje claro de que Costa Rica no tolerará ninguna forma de discriminación o abuso.” ¡Y vaya que sí es verdad, mae!

Ahora, con la aprobación en segundo debate, el proyecto de ley pasa manos al Poder Ejecutivo. Se espera que el Presidente signifique la ley a la brevedad, para que entre en vigor lo antes posible. Así pues, ya no tendremos que lidiar con estas interpretaciones retorcidas del Código Penal que parecían sacadas de un libro de historias antiguas. Un avance significativo, sin lugar a dudas, y un triunfo para quienes luchan por los derechos de las mujeres en Costa Rica.

Expertos en derecho penal consultados por Foro de Costa Rica aseguran que esta modificación no afectará la persecución de otros delitos relacionados con la sustracción de personas, como la privación ilegal de libertad o el secuestro. Simplemente, se elimina una figura legal que se había convertido en un obstáculo para la justicia y en una fuente de confusión para jueces y fiscales. Ya no hay excusas, el Código Penal estará más claro y justo para todos.

Así que, con esta nueva disposición, esperamos que se proteja aún más a las mujeres y se envíe un mensaje contundente a aquellos que intenten vulnerar sus derechos. Pero dime, ¿crees que esta medida realmente acabará con la persistencia de estos casos que, lamentablemente, siguen ocurriendo en nuestro país? ¿O será necesario implementar otras acciones complementarias para lograr una verdadera transformación cultural?
 
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