Ley deja impunes a choferes que oculten placas ante cámaras - EL PAÍS - La Nación
El artículo 120 de la Ley de Transito prohíbe el dotar a los carros “de dispositivos de detección de ondas de radar o de cualquier otro equipo que permita burlar o anular los aparatos de vigilancia de la Policía de Tránsito”.
Silvia Bolaños, del Cosevi, confirmó que en la nueva reforma a la ley de tránsito que se discute en la Asamblea se incorporó ya una multa por este tipo de maniobras.
La multa que está en el texto dictaminado es de ¢36.000; sin embargo, el Consejo de Seguridad Vial pretende que los diputados aprueben un monto mayor.
Mientras se concreta la reforma a la ley de tránsito, el ministro Jiménez señala que se podría procesar penalmente a los conductores por alteración de documento público, pues, según afirmó, “la placa es un documento público”.
Multas de tránsito con uso de cámaras comienzan mañana
San José (Redacción).Desde mañana, los policías de tránsito contarán con un nuevo asistente para detectar a los infractores.
Se trata de las 12 cámaras instaladas en la autopistas General Cañas y Florencio del Castillo, así como en la carretera de Circunvalación.
Tras muchos meses de postergarlo, el plan finalmente echará a andar este jueves, anunció esta tarde el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Por ahora, solo se realizarán partes por exceder límites de velocidad, aunque la intención es que luego se amplíe a otras faltas.
Los partes serán notificados mediante una publicación a los propietarios de los vehículos involucrados. A partir de esa notificación, los aludidos tendrán 10 días ejercer su defensa mediante apelaciones.
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