Buenas!
Tengo una niñera ocasional la cuál no puedo asegurar mediante la caja (CCSS) porque creo no hace falta explicar la ladronada que hacen con los salarios. Además, ella tampoco quiere que le deduzcan nada. Sin embargo, sí me interesa y preocupa que tenga aunque sea una póliza del ins en caso de accidentes durante el cuido del bebé que tengo. Ella no debe hacer deberes en casa, solo cuidar el bebé y lógico limpiar y lavar solo lo que está relacionado al bebé cuándo come y desordena etc....
Si yo le doy una póliza contra accidentes laborales y ella, por su condición de pobreza, quiere optar por solicitar un seguro por el estado de la CCSS; entonces yo la estaría afectando para que se lo aprueben? La CCSS investiga eso?
Adicionalmente, pensemos en un caso hipotético dónde yo sí quiero contar con ella pagándole tiempo completo y el pago sería alrededor de 160 mil por quincena (300 mil colones al mes) solo por cuidado del bebé (no actividades domésticas) y quisiera inscribirla a un seguro con la CCSS. Pero no cuento con más dinero para cubrir el 20% que tengo entendido el patrono debe cubrir (el asegurado debe cubrir un 10%). Ese 20% lo puedo sacar de su propio salario completo osea pagarle un poco menos? O yo lo debo cubrir por aparte para que ella reciba su pago mínimo? Es que ignoro si ese 20% es sobre el salario mínimo que yo debo pagarle? O si debe ser por aparte?? O si yo estoy equivocada con el porcentaje, salario mínimo o sino tiene sentido lo que estoy diciendo, por favor edúquenme.
Cabe destacar que yo intento ser lo más legal con ella, en el sentido de darle vacaciones, permisos, a veces no le deduzco horas por algún permiso que me pidió, le pago los días feriados doble si labora etc... Por si las dudas.
Se los agradezco de todo corazón!
Muchas gracias!
Tengo una niñera ocasional la cuál no puedo asegurar mediante la caja (CCSS) porque creo no hace falta explicar la ladronada que hacen con los salarios. Además, ella tampoco quiere que le deduzcan nada. Sin embargo, sí me interesa y preocupa que tenga aunque sea una póliza del ins en caso de accidentes durante el cuido del bebé que tengo. Ella no debe hacer deberes en casa, solo cuidar el bebé y lógico limpiar y lavar solo lo que está relacionado al bebé cuándo come y desordena etc....
Si yo le doy una póliza contra accidentes laborales y ella, por su condición de pobreza, quiere optar por solicitar un seguro por el estado de la CCSS; entonces yo la estaría afectando para que se lo aprueben? La CCSS investiga eso?
Adicionalmente, pensemos en un caso hipotético dónde yo sí quiero contar con ella pagándole tiempo completo y el pago sería alrededor de 160 mil por quincena (300 mil colones al mes) solo por cuidado del bebé (no actividades domésticas) y quisiera inscribirla a un seguro con la CCSS. Pero no cuento con más dinero para cubrir el 20% que tengo entendido el patrono debe cubrir (el asegurado debe cubrir un 10%). Ese 20% lo puedo sacar de su propio salario completo osea pagarle un poco menos? O yo lo debo cubrir por aparte para que ella reciba su pago mínimo? Es que ignoro si ese 20% es sobre el salario mínimo que yo debo pagarle? O si debe ser por aparte?? O si yo estoy equivocada con el porcentaje, salario mínimo o sino tiene sentido lo que estoy diciendo, por favor edúquenme.
Cabe destacar que yo intento ser lo más legal con ella, en el sentido de darle vacaciones, permisos, a veces no le deduzco horas por algún permiso que me pidió, le pago los días feriados doble si labora etc... Por si las dudas.
Se los agradezco de todo corazón!
Muchas gracias!
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