Vieras ke no tengo le opcion par mandarte un msg privado ke raro :S me das tu correo?
Gracias
[email protected]
Vieras ke no tengo le opcion par mandarte un msg privado ke raro :S me das tu correo?
Gracias
tengo una deuda con un banco que cambio de nombre como cien veces por razones medicas no pude seguir cancelando y ya ha pasado mucho tiempo como hago para, saber cuando caduca esta deuda por que no me notifican ni nada y definitivo no voy a pagar por que me enferme del higado y la pasaba muy mal por estress y explique para pedir tiempo o adecuacion y no les importo asi que a mi tampoco y no tengo que me embarguen entonces me vale es increible las injusticias que realizan estas empresas pero eso si me dieron la mejor leccion de vida yo de creditos no quiero nada....
a ver si me pueden ayudar yo tenia un prestamo con hsbc q deje de pagar en el 2008 x razones personales traspase mi casa a una persona de confiaza x aquelllo de embargos pero ahora en la pagina del registro la casa sale con gravamen (un practicado) y dice q vence en el 2020, e tratado de pagar en el banco pero me dicen q tengo q cancelar toda la deuda q no pueden dar un arreglo de pago xq ya se fue a cobro pero cuando yo traspase la casa todavia no tenia ese gravamen lo q quiere decir q lo hicieron dias despues de q yo traspase mi casa en este caso q debo hacer me han dicho de un levantamiento de gravamen pero no se como hacer eso. xfa necesito ayuda urgente gracias.
P O R T A N T O
En virtud de lo expuesto y de conformidad con los numerales 491 inciso 1), 500
y siguientes del Código Procesal Civil 18,7 de La Ley de Cobro Judicial, se declara
CON LUGAR la diligencia de LEVANTAMIENTO DE EMBARGO SIN TERCERIA
planteada por la señora Y. G. E., y se ordena una vez firme la
presente resolución cancelar el embargo practicado inscrito al tomo 800 asiento
1036., sec. 01. Se falla sin especial condena en costas. Notifíquese. Lic. O.
A. L. Q., Juez(a).- OLORIAQ
Así o más claro?
Saludes
Se puede hacer mientras no haya orden de embargo, pues hasta ese momento el juzgado no ha declarado la existencia de una deuda, e incluso podría ser que uno haga el movimiento buscando contenido económico para cancelar la deuda. El Banco tienes dos opciones o acepta el por tanto, o cambia de juridiscion y lo eleva al Ministerio Público para ver si cabe la acusacion por Fraude de simulacion, pero primero debe aportar las pruebas de que tal fraude se dio, caso contrario no tendrá mérito la denuncia y se rechaza ad portasEso de traspasar a alguien de confianza no se supone que es delito, o no hay nada que el banco pueda hacer?
buenas mi consulta es la siguiente en el 2008 me quede sin empleo y x ese motivo no pude cancelar mis deudas cuando consegui empleo en el 2010 x fin mas estable hice unos arreglos con unos y ya les cancele otros no quisieron hacerlo y me cobraban cantidades muy altas me han llamado a deir que tengo una con una tarjeta la cual de primera no me ofrecieron ningun arreglo hace casi 6 años cuando llame me dicen que me enviaran a cobro judicial y el arreglo que me ofrecen es que pague una cantidad x x mes y asi cancelo la deuda lo cual al multiplicar el monto con el tiempo termino pagando el doble
la pregunta es si con ese tiempo ya caduco la deuda y como puedo saberlo
Si vuelven a llamar diles que vas a defenderte en sede judicial, que tu abogado te aconsejó que pidas el nombre de la persona que te llama, pide numero de expediente y decirles que tuvieron 6 años para cobrar y que en sede judicial te vas a defender, simplemente, que sabes que por ley los intereses prescriben al año y que incluso puedes pagar el mismo monto que el juzgado te aplicaría en el cobro judicial.
Suerte
Saludos! Mi deuda caduco en diciembre pasado o sea ya pasaron más de 4 años.Es cierto que para que me la borren de datum me tienen que embargar para yo poder pelear? No es posible que yo les exija que me dejen de cobrar o incluso evitar el embargo ya que es una deuda incobrable según las leyes de acá? Muchas gracias!
Si tengo una deuda que ya prescribio como se hace para que en la sugef quede limpio el expediente ????
Estimado amigo: las obligaciones que adquirimos normalmente son de naturaleza comercial o civil. En terminos generales, las obligaciones civiles prescriben a los 10 anhos (disculpa, no tengo enhe) y las comerciales a los 4 anhos. Por otro lado, los intereses prescriben al anho. Tambien hay obligaciones que se adquieren mediante facturas, que tienen una prescripcion menor. A lo mejor si sos mas especifico y explicas mas exactamente de que naturaleza son tus obligaciones te podemos orientar mejor.
Consulta
Existe una deuda de caracter tributario que fue reconocida por el deudor en el año 2008 pero que en razón de su apremiante situación económica no pudo ni siquiera hacer un arreglo de pago.
A mayo del año siguiente, 2009, recibe una nota de tributación dándole diez días para que cancele la deuda si no se lleva a cobro judicial.
Desde esa fecha y hasta el día de hoy (Oct 2013) no volvió a recibir ninguna notificación de ninguna naturaleza. Han transcurrido poco más de 4 años desde esa última notificación.
Preguntas:
1-Corre alguna precripción en este caso? Si no, a partir de cuándo estaría prescrito?
2-Es cierto que si un deudor no presenta ningún recurso de prescripción el Estado puede reavivar el caso en cualquier momento perdièndose así el derecho a eximirse de la obligación?