no entendio, lo que la sala cuarta dice es que el DERECHO al matrimonio, es una cuestion legislativa es decir NO TIENE porque haber referendo, pues no es un asunto que deba manejar el TSE.
Ud misma lo dice, es una cuestión legislativa. La potestad de legislar recae en la ciudadanía que a su vez la delega en los diputados, pero eso no quiere decir que la totalidad de los cuidadanos pierdan el derecho de decidir por una u otra postura a traves de un referendum. La labor del TSE se limita a facilitar la participación igualitaria para todos los ciudadanos.