Duda sobre los días feriados

KCCKCC

Viviendo y dejando vivir.
Buenos días a todos, tengo una pequeña duda que me saltó ayer en una conversación y que en realidad nunca había analizado y es la siguiente:

Que sucede o como se paga un día feriado en el caso de que por ejemplo el patrono convoque a trabajar pero solo se labore medío día??? Según la ley los feriados de pago obligatorio se pagan dobles entonces si se labora solo medio día se debe pagar todo el día doble o solo el tiempo laborado porque entonces medio día equivale al día completo y trabajando medio día que paguen el día completo es mejor quedarse en la casa y de todas maneras recibir el salario completo.
 
Buenos días a todos, tengo una pequeña duda que me saltó ayer en una conversación y que en realidad nunca había analizado y es la siguiente:

Que sucede o como se paga un día feriado en el caso de que por ejemplo el patrono convoque a trabajar pero solo se labore medío día??? Según la ley los feriados de pago obligatorio se pagan dobles entonces si se labora solo medio día se debe pagar todo el día doble o solo el tiempo laborado porque entonces medio día equivale al día completo y trabajando medio día que paguen el día completo es mejor quedarse en la casa y de todas maneras recibir el salario completo.

Mi forma de interpretarlo seria así, cuando es feriado de pago doble si uno ganara 15,000 por día se le depositan 30,000. Es el doble que uno gana... Ahora no es mejor quedarse en la casa porque igual le van a pagar el día normal que seria los 15,000 (trabaje o no trabaje ese día). Y a esto se le suma el medio día que trabajo haciendo el calculo para pago doble. Que seria un pago de día y medio. Con el ejemplo que di serian 22500.

Esa seria mi interpretación, cualquier cosa me corrigen.
 
Mi forma de interpretarlo seria así, cuando es feriado de pago doble si uno ganara 15,000 por día se le depositan 30,000. Es el doble que uno gana... Ahora no es mejor quedarse en la casa porque igual le van a pagar el día normal que seria los 15,000 (trabaje o no trabaje ese día). Y a esto se le suma el medio día que trabajo haciendo el calculo para pago doble. Que seria un pago de día y medio. Con el ejemplo que di serian 22500.

Esa seria mi interpretación, cualquier cosa me corrigen.

Para mi criterio debería de ser así, lo que sucede es que en el caso de las personas que les pagan por semana por la horas laboradas y trabajan las 8 horas diarias, si un día feriado los convocan a trabajar pero lo que trabajan por ejemplo son 4 horas lo que les pagarian sería las 4 horas trabajadas en pago doble o sea 8 horas, si bien la persona tiene el resto del día libre pero igual no goza del día completo y lo que recibiría de salario serían lo mismo que si se hubiese quedado en la casa. La ley dice que si se trabaja un día feriado deberá de pagarse doble pero no especifica si todo el día o solo las horas laboradas y no se habala de conciderar el día completo + las horas trabajadas.
 
Para mi criterio debería de ser así, lo que sucede es que en el caso de las personas que les pagan por semana por la horas laboradas y trabajan las 8 horas diarias, si un día feriado los convocan a trabajar pero lo que trabajan por ejemplo son 4 horas lo que les pagarian sería las 4 horas trabajadas en pago doble o sea 8 horas, si bien la persona tiene el resto del día libre pero igual no goza del día completo y lo que recibiría de salario serían lo mismo que si se hubiese quedado en la casa. La ley dice que si se trabaja un día feriado deberá de pagarse doble pero no especifica si todo el día o solo las horas laboradas y no se habala de conciderar el día completo + las horas trabajadas.

Igual sale ganando, porque va siendo pago semanal y es feriado de pago obligatorio. Se paga el día normal (se trabaje o no), mas las cuatro horas que trabajo (sigue siendo día y medio). Ya sería diferente cuando es semanal y no es de pago obligatorio va siendo un salario sencillo. El ministerio de trabajo va a interpretar esto como pago semanal solo con decirles que trabajan 8 horas diarias y se les paga cada semana. Así sería mi interpretación también en ese caso.

Y con las horas son dobles si se trabaja 4 son 8, pero ahí a uno le están pagando un día entero solo trabajando medio. Aquí cuando se trabaja solo por horas pero no todos los días para un pago semanal y ni tampoco horas diarias, ni jornada definida. Digamos que trabaje tres día entre semana y se le page por hora. En este caso mi interpretación seria esa.

Una duda ahí donde menciona día completo + las horas trabajadas, habla de horas extras?? Esas se calcularían con base a pago doble. Con el ejemplo anterior que había dado seria 30,000/8 es 3,750 * 1.5 = 5,625

En todos estos casos uno debe tomar en cuenta el trabajador no puede ser obligado a trabajar. Solo en ciertas excepciones muy especificas.
 
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Igual sale ganando, porque va siendo pago semanal y es feriado de pago obligatorio. Se paga el día normal (se trabaje o no), mas las cuatro horas que trabajo (sigue siendo día y medio). Ya sería diferente cuando es semanal y no es de pago obligatorio va siendo un salario sencillo. El ministerio de trabajo va a interpretar esto como pago semanal solo con decirles que trabajan 8 horas diarias y se les paga cada semana. Así sería mi interpretación también en ese caso.

Y con las horas son dobles si se trabaja 4 son 8, pero ahí a uno le están pagando un día entero solo trabajando medio. Aquí cuando se trabaja solo por horas pero no todos los días para un pago semanal y ni tampoco horas diarias, ni jornada definida. Digamos que trabaje tres día entre semana y se le page por hora. En este caso mi interpretación seria esa.

Una duda ahí donde menciona día completo + las horas trabajadas, habla de horas extras?? Esas se calcularían con base a pago doble. Con el ejemplo anterior que había dado seria 30,000/8 es 3,750 * 1.5 = 5,625

En todos estos casos uno debe tomar en cuenta el trabajador no puede ser obligado a trabajar. Solo en ciertas excepciones muy especificas.

Cierto nuevamente todo lo que dices, pero te explico un poco mejor. Consultaándole a una perosna de recursos humanos me dice que se debe de pagar solo y repito solo las horas trabajadas, entonces como dije si usted trabaja un día feriado 4 horas le pagarían las 8 horas solamente o sea usted trabajando medio día recibiría solamente el salario de 8 horas de trabajo no el día completo y 8 horas como me parece que usted dice; yo estoy deacuerdo en que debería ser tal cual usted lo pinta pero según me dicen y vi en el codigo de trabajo no es así, es por eso que me gustaría que un abogado me indique como es que funciona eso. Gracias por sus aportes!!
 

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