McGyver
ANÓNIMO
Hace poco constituí una sociedad anónima para el negocio de alquileres de casas que tengo. Deseo acogerme al beneficio del artículo 15 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, que exonera el pago del impuesto el primer año del negocio, pero es requisito tener al menos un empleado y estar inscrito ante el MEIC como PYME. En ese caso me contrataría a mí mismo como empleado de la sociedad, pero para que el beneficio de exoneración valga la pena, debo registrar ante la CCSS un salario que me permita cotizar como aporte obre-patronal un monto inferior a lo que pago actualemnte a Hacienda (aprox. 150,000 al mes).
El asunto es que no he encontrado referencia legal para salarios debajo del mínimo de ley, ya que me contrataría como gerente, mismo que según la ley, no tiene salario mínimo establecito, ese tipo de puestos se contratan por mutuo acuerdo...
¿Puedo inscribirme ante la CCSS con un salario de 100,000 colones al mes, o menos, con un puesto de gerente o administrador?
El asunto es que no he encontrado referencia legal para salarios debajo del mínimo de ley, ya que me contrataría como gerente, mismo que según la ley, no tiene salario mínimo establecito, ese tipo de puestos se contratan por mutuo acuerdo...
¿Puedo inscribirme ante la CCSS con un salario de 100,000 colones al mes, o menos, con un puesto de gerente o administrador?
Los archivos adjuntos solo pueden ser vistos por miembros registrados del foro.
Attachments
Los archivos adjuntos solo pueden ser vistos por miembros registrados del foro.