Bochornoso incidente
  No convirtamos la  defensa de derechos  o deberes en fórmulas justificativas de agresión
       Daniel Soley 
Exdefensor a. Í. de los habitantes 
 08:35 a.m. 13/04/2010
   
 
    El pasado 12 de abril, con motivo de un operativo  judicial, se protagonizó un lamentable enfrentamiento entre un grupo  universitario y uno policial.
      Se pretendía detener in fraganti a un supuesto  funcionario corrupto en las afueras de la Universidad de Costa Rica, lo  cual implicaba planeamiento operativo, eficacia y efectividad en las  acciones. Un grupo universitario que se sintió altamente ofendido por el  ingreso abrupto de algunos policías judiciales en su recinto  universitario, sin contemplaciones ni miramientos, enardecido, les  plantó cara.
Garantizar la seguridad ciudadana no se  satisface únicamente con las detenciones de los agentes corruptos de la  sociedad, también implica el respeto a los procedimientos establecidos  en nuestro sistema democrático. La investidura policial, desde todas sus  esferas judicial y administrativa obliga a un comportamiento ejemplar,  donde la población se sienta respetada y representada. Despliegue desmedido. El fracaso del operativo dio paso a un  despliegue que avanzó sin miramientos, pues no se valoró la posibilidad  de que el señalado infractor social pudiera escapárseles y tratara de  buscar refugio en lo que fue el antiguo régimen de las universidades  pontificias, cuando los estudiantes salían de su jurisdicción  desenfrenadamente y regresaban a esta saltando la cadena que demarcaba  el territorio universitario y perdiendo ahí la exigibilidad de sus  responsabilidades, dejando a una guardia impotente y burlada.
Por otra parte, la reacción universitaria frente a la  invasión y agresión policial también merece nuestro análisis, pues  desgraciadamente culminó en violencia, con heridos en ambos lados,  buscando defender los protagonistas sus posiciones, donde el jardín de  las ideas y la promoción de la sabiduría se convirtió en campus de  agresión verbal y física.
El deber policial de  detener a una persona que escapó del operativo con la prueba esencial  –dinero marcado que evidenciaba su conducta corrupta y que además no fue  hallado–  hace que sus acciones posteriores se conviertan y se vean  como desesperadas, irrumpiéndose en el recinto universitario a campo  traviesa, con destrozo y daños a la propiedad de la UCR y sufriendo en  su patrimonio vehicular, todo lo cual, en su valor, excede con creces  “la mordida perseguida”.
Por otro lado, levantar la  bandera de la autonomía universitaria con el fin de compeler esa  “invasión”, con el argumento de que, franqueadas las cadenas de la  jurisdicción, cual universidad pontificia, hasta ahí llegaba la  posibilidad de persecución del “orden público”, tampoco sería la  justificación más acertada, pues ante cualquier denuncia en el mismo  campus por robos agravados que han sucedido en el pasado u otros delitos  mayores, se convierta ahora en freno para buscar la protección policial  y repeler el hampa en nuestro país. 
Autonomía. La autonomía universitaria constituye una garantía  para el cumplimiento de sus fines normativos, educativos,  administrativos, financieros, pero no para convertirse en centro de  refugio o impunidad que venga a atentar y degradar la seguridad de sus  usuarios. Don Eduardo Ortiz Ortiz, en su publicación “La autonomía  administrativa costarricense” en la Revista de Ciencias Jurídicas  8–1967, p. 137, citado por la Procuraduría General de la República en la  consulta C–69-2003, sostuvo: “La Universidad, como cualquier otro  sujeto del orden jurídico nacional, queda sometida a todas las  regulaciones legales, que, aun afectando su situación jurídica e  interfiriendo indirectamente con la prestación de su servicio y la  organización de sus medios, afectan por igual a todos los otros sujetos  del mismo orden, porque están motivadas en razones a todos comunes,  extrañas a su especialización funcional. De este modo quedan sujetos a  las normas de la Asamblea, el régimen de sus propiedades, la regulación  del tránsito por sus calles, los delitos cometidos dentro de sus aulas  y, en general, toda conducta del estudiante o del profesor dentro de la  Universidad que coincida con una hipótesis legal, distinta de la  enseñanza académica".
Así pues, no convirtamos la  defensa de los derechos o los deberes públicos en fórmulas  justificativas de agresión, que plenas podrían llegar a estar nuestras  cortes de ello.