Reconocimiento de hija de mujer casada
Van a existir varias partes en el proceso, usted, su hija, su pareja y el padre registral. Debe pagar un abogado o bien, consultar con consultorios jurídicos de alguna universidad, para le presenten el proceso sin cobrarle, eso si siempre estan llenos. Si tiene los recursos y no quiere esperar tres años, contrate a alguien y le presente el proceso en el juzgado de familia más cercano. Si no hay objeción del padre registral, es relativamente rápido, usted como representante legal presenta el recurso de reconocimiento de hija de mujer casada, y su pareja acepta la paternidad, entonces se ordena una prueba de paternidad como prueba de certeza de la nueva filiación, y esperan los resultados y la resolución. Ya con esta (la resolución) presentan una copia certificada por el juzgado en el registro civil y el registro debe aplicar el cambio.