http://www.nacion.com/ln_ee/2006/mayo/31/opinion6.html
Convenciones colectivas
Un paso importante en la lucha contra privilegios desmedidos está dando la Sala Cuarta
Mauricio París
[email protected]
Abogado
La decisión de la Sala Constitucional de declarar inconstitucionales ciertos artículos de las convenciones colectivas de Japdeva y la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, es un paso importante en la lucha contra los privilegios desmedidos de ciertos funcionarios públicos. También es una llamada de atención a ciertos grupos sindicales que desde hace años han perdido el rumbo correcto de actuación y se han convertido en verdaderas mafias organizadas, cuyo principal objetivo ha sido desangrar poco a poco al ya de por sí debilitado Estado costarricense.
El mensaje de la Sala Constitucional también debe ser aprendido por los sectores políticos, que han concedido este tipo de prebendas para lograr sus objetivos políticos o, como fue la tónica en la Administración anterior, para salvaguardar una mal llamada "paz social", que no es otra cosa que alcahuetería generalizada a los grupos de presión. Y es que si esta mal llamada "paz social" solo se logra pagando a los grupos de presión para que no cierren calles, practiquen tortugismo o realicen sus labores, nos estamos dejando extorsionar por grupúsculos que aprovechan el desorden y falta de límites que han imperado en el país en las últimas décadas para lograr beneficios ilegales e inmorales.
Esperanza. Las resoluciones de la Sala Constitucional nos llenan de esperanza, en cuanto a su posición sobre los abusos contenidos en las convenciones colectivas. Esperamos también que los diputados de este cuatrienio continúen con la valiente tarea de llevar ante la Sala otros casos de abusos con fondos públicos en distintas instituciones públicas, como, por ejemplo, en la Universidad de Costa Rica, que les concede beca prácticamente total a los hijos de los funcionarios, sin valoraciones relativas a excelencia académica o condición socioeconómica, por el solo hecho de ser hijos de funcionarios a los que se les paga por la labor que desempeñan.
Con todos estos antecedentes que se han dado, en definitiva, la figura de las convenciones colectivas en el sector público, debería desaparecer. El solo portillo de su existencia se debería eliminar del ordenamiento jurídico a la brevedad, ya que la acción correctiva no siempre es rápida, y puede costar a las finanzas del Estado muchos millones. La diferenciación en este sentido entre el sector público y el privado, es totalmente comprensible. En el sector privado, el patrono es dueño de sus recursos y tiene, dentro de su libertad comercial, todo el derecho de ofrecer beneficios salariales adicionales a sus trabajadores, siguiendo los parámetros que él desee utilizar, ya que al final de cuentas los recursos son de él. Pero, en el sector público, los recursos no son del patrono, sino de todos los costarricenses, por lo que su uso no puede quedar a la mera discrecionalidad del jerarca de alguna institución, y mucho menos, como ha ocurrido, si este jerarca es sometido a toda clase de presiones por parte de los grupos sindicales, o utiliza las convenciones como comodín para lograr beneficios políticos dentro de una institución.
Convenciones colectivas
Un paso importante en la lucha contra privilegios desmedidos está dando la Sala Cuarta
Mauricio París
[email protected]
Abogado
La decisión de la Sala Constitucional de declarar inconstitucionales ciertos artículos de las convenciones colectivas de Japdeva y la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, es un paso importante en la lucha contra los privilegios desmedidos de ciertos funcionarios públicos. También es una llamada de atención a ciertos grupos sindicales que desde hace años han perdido el rumbo correcto de actuación y se han convertido en verdaderas mafias organizadas, cuyo principal objetivo ha sido desangrar poco a poco al ya de por sí debilitado Estado costarricense.
El mensaje de la Sala Constitucional también debe ser aprendido por los sectores políticos, que han concedido este tipo de prebendas para lograr sus objetivos políticos o, como fue la tónica en la Administración anterior, para salvaguardar una mal llamada "paz social", que no es otra cosa que alcahuetería generalizada a los grupos de presión. Y es que si esta mal llamada "paz social" solo se logra pagando a los grupos de presión para que no cierren calles, practiquen tortugismo o realicen sus labores, nos estamos dejando extorsionar por grupúsculos que aprovechan el desorden y falta de límites que han imperado en el país en las últimas décadas para lograr beneficios ilegales e inmorales.
Esperanza. Las resoluciones de la Sala Constitucional nos llenan de esperanza, en cuanto a su posición sobre los abusos contenidos en las convenciones colectivas. Esperamos también que los diputados de este cuatrienio continúen con la valiente tarea de llevar ante la Sala otros casos de abusos con fondos públicos en distintas instituciones públicas, como, por ejemplo, en la Universidad de Costa Rica, que les concede beca prácticamente total a los hijos de los funcionarios, sin valoraciones relativas a excelencia académica o condición socioeconómica, por el solo hecho de ser hijos de funcionarios a los que se les paga por la labor que desempeñan.
Con todos estos antecedentes que se han dado, en definitiva, la figura de las convenciones colectivas en el sector público, debería desaparecer. El solo portillo de su existencia se debería eliminar del ordenamiento jurídico a la brevedad, ya que la acción correctiva no siempre es rápida, y puede costar a las finanzas del Estado muchos millones. La diferenciación en este sentido entre el sector público y el privado, es totalmente comprensible. En el sector privado, el patrono es dueño de sus recursos y tiene, dentro de su libertad comercial, todo el derecho de ofrecer beneficios salariales adicionales a sus trabajadores, siguiendo los parámetros que él desee utilizar, ya que al final de cuentas los recursos son de él. Pero, en el sector público, los recursos no son del patrono, sino de todos los costarricenses, por lo que su uso no puede quedar a la mera discrecionalidad del jerarca de alguna institución, y mucho menos, como ha ocurrido, si este jerarca es sometido a toda clase de presiones por parte de los grupos sindicales, o utiliza las convenciones como comodín para lograr beneficios políticos dentro de una institución.
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