PUBLICIDAD
Wilas

Puedo solicitar pension alimenticia por union de hecho?

Hola a todos!

Llevo casi 2 años separada de mi ex pareja con quien convivi por 7 años en union libre. Sin embargo el primer año de separados estuvimos viendonos para estudiar la posibilidad de volver a la relacion pero no dio resultado. Durante ese primer año de separacion sufri mucha depresion ya que yo relamente no queria separarme y por eso intentaba mantenernos juntos, sin embargo esto causo estragos en mi desempeño laboral y salud (fisica-mental), al punto que las evaluaciones de desempeño de mi trabajo mostraron una baja brutal en mi rendimiento y poco mas de un año despues perdi mi trabajo por esto. Incluso cancele yo sola (con mi liquidacion laboral) deudas que fueron adquiridas durante el tiempo que vivi con mi expareja y que de una forma u otra los 2 disfrutamos pq con parte de ese dinero yo pague cursos de ingles a mi ex y gracias a ello él ahora tiene un buen trabajo (principal motivador de separacion debido q alli se intereso en una compañera de trabajo). Ademas, llevo 6 meses sin trabajo, arrimada a la casa de mi madre quien fue la q me recibio luego de perder lo que yo llame ingenuamente hogar por tanto tiempo. Aun ahora caigo en depresion y he decidido que mi expareja tiene responsabilidad sobre lo que me empujo a perder mi trabajo y sobre mi situacion actual, por eso quiero saber como puedo solicitar una pension por union de hecho que me ayude a mantenerme y a continuar pagando mis estudios solo hasta q consiga trabajo nuevamente.
Agradezco cualquier respuesta legal que me aconseje sobre esto. Tambien agradezco eviten las opiniones despectivas sobre mis errores.

Saludos!
 
NO soy abogado, pero como ud lo plantea creo no tiene asidero legal, otro asunto es verlo por el lado de los bienes gananciales, si pagaban la hipoteca de una casa o algo que represente valor a futuro ahi si le toca una parte, segun lo que he leido o creo entender del tema
 
si vivo en union libre o union de echo y me separo , sin hijos , tengo que darle pensión a la mujer ???
 
Acá la pregunta es si la unión libre fue reconocida como tal legalmente. Creo que para eso ocupa vivir 3 años juntos y presentarse con testigos que puedan comprobarlo. Tendría que solicitar esto y luego pedir la pensión.

Sin embargo, acá le recomiendo buscarse un buen abogado.

Otra cosa, ud. menciona pedir la pensión por haberle ayudado a él, y retribuirse en lo invertido, pero creo que para eso tendría que probar que ud. dependía económicamente de él en ese momento, lo cual no parece ser el caso. Yo no soy abogado ni conozco uno, pero hasta donde sé la cosa es así, pero definitivamente esto se lo puede resolver un buen abogado de familia con mucho más claridad
 
Dejémonos de bateos y opiniones subjetivas...

... y veamos qué dice el Código de Familia:


Artículo 242.- La unión de hecho pública, notoria, única y estable, por más de tres años, entre un hombre y una mujer que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios del matrimonio
formalizado legalmente, al finalizar por cualquier causa.


Artículo 243.- Para los efectos indicados en el artículo anterior, cualquiera de los convivientes o sus herederos podrá solicitar al Tribunal el reconocimiento de la unión de hecho. La acción se tramitará por la vía del proceso abreviado, regulada en el Código Procesal Civil, y caducará en dos años a partir de la ruptura de la convivencia o de la muerte del causante.


Artículo 244.- El reconocimiento judicial de la unión de hecho retrotraerá sus efectos patrimoniales a la fecha en que se inició esa unión.


Artículo 245.- Después de reconocida la unión, los convivientes podrán solicitarse pensión alimenticia.
Cuando la convivencia termine por un acto unilateral injustificado de uno de los convivientes, el otro podrá pedir para sí, una pensión alimenticia a cargo del primero, siempre que carezca de medios propios para subsistir.

Así las cosas hay varios puntos por ver: que no haya habido ningún impedimento para el matrimonio (como decimos vulgarmente, que Ud. no haya sido la jota o la querida de un hombre casado), que no hayan pasado más de dos años desde la ruptura, y finalmente, que Ud. demuestre (aparte de la unión de hecho, desde luego) que carece de medios para subsistir. Y eso solo para empezar.
En todo caso, lo ideal es consultar con un(a) abogada(o) medianamente competente (no crea, hay muchas/os que no alcanzan dicho status) o en caso de dificultades económicas VERDADERAMENTE insalvables, a los consultorios jurídicos de la UCR, porque si va a alguno de las privadas la pueden terminar de hundir.
 
Mis disculpas si soy grosera, pero... YA SUPÉRELO. Busque trabajo y siga con su vida. Usted no es ninguna discapacitada.

Dónde dice que las mujeres no podemos defendernos solas. Se deprimió y perdió su trabajo, eso lo entiendo. Pero no es culpa de su ex sino de su propia dificultad para enfrentar el duelo de la pérdida.

Reinicie su vida. Si como dice, no tiene plata ni para mantenerse, mucho menos la tiene para pagar abogados. A trabajar!!
 
ud tiene toda la razon... sin embargo...

Leyendo lo anterior, creo factible la demanda considerando que el vivio un año y medio sin trabajo conmigo durante el cual le pague cursos de ingles en 2 institutos e incluso pague las reparaciones el automovil que el tenia para que pudiera viajar a los cursos, cubri gastos de un negocio de video club que él inicio y luego abandonó. El 70% de los electrodomesticos que existen en su apartamento tambien los compre yo. Esto no es por necesidad de un hombre q me mantenga, es simplemente cobrar lo que me debe en un momento en el que yo lo necesito. Me sobra tiempo y no tengo prisa por trabajar, ya que mi objetivo actual es estudiar sea como sea. Si no es posible manejarlo como pension, lo hare de alguna otra forma ya que luego de abrir los ojos y superar la decepcion puedo verlo mas como un negocio en el cual aun no he cobrado mi parte.

Mis disculpas si soy grosera, pero... YA SUPÉRELO. Busque trabajo y siga con su vida. Usted no es ninguna discapacitada.

Dónde dice que las mujeres no podemos defendernos solas. Se deprimió y perdió su trabajo, eso lo entiendo. Pero no es culpa de su ex sino de su propia dificultad para enfrentar el duelo de la pérdida.

Reinicie su vida. Si como dice, no tiene plata ni para mantenerse, mucho menos la tiene para pagar abogados. A trabajar!!
 
Leyendo lo anterior, creo factible la demanda considerando que el vivio un año y medio sin trabajo conmigo durante el cual le pague cursos de ingles en 2 institutos e incluso pague las reparaciones el automovil que el tenia para que pudiera viajar a los cursos, cubri gastos de un negocio de video club que él inicio y luego abandonó. El 70% de los electrodomesticos que existen en su apartamento tambien los compre yo. Esto no es por necesidad de un hombre q me mantenga, es simplemente cobrar lo que me debe en un momento en el que yo lo necesito. Me sobra tiempo y no tengo prisa por trabajar, ya que mi objetivo actual es estudiar sea como sea. Si no es posible manejarlo como pension, lo hare de alguna otra forma ya que luego de abrir los ojos y superar la decepcion puedo verlo mas como un negocio en el cual aun no he cobrado mi parte.

Oiga, si en el extracto de la ley que pusieron arriba dice claramente que los derechos son iguales al matrimonio si la unión de hecho es por tres años, y uds. vivieron juntos año y medio, ¿cómo cree que la demanda es factible?

Si su objetivo es estudiar, mejor pida una beca, pues va a perder tiempo y plata en una demanda que no va para nada. Y fijo fijo fijo, ud. se va a encontrar un abogado pura tuza que le va a dar alas, le dice que ganan fácil el caso, lo pierden y tiene que pagarle al mae. Entonces, ya van a ser dos los maes a los que les querrá cobrar.

O sea, está bien, considero justo que ud. reciba lo que puso, pero el problema es que había que pensar en este tipo de cosas antes de poner la harina. Ahorita, ya es un poco tarde.
 
Me parece que esa demanda no tiene ni pies ni cabeza, por lo visto esta resentida con el mae y realmente no sabemos el motivo de la ruptura de la relación, más bien se escucha como un desquite nada más, pero bueno siga adelante luego se dará cuenta de una forma muy fea que al final ni daño le hizo al mae y perdió plata
 
Oiga, si en el extracto de la ley que pusieron arriba dice claramente que los derechos son iguales al matrimonio si la unión de hecho es por tres años, y uds. vivieron juntos año y medio, ¿cómo cree que la demanda es factible?

Si su objetivo es estudiar, mejor pida una beca, pues va a perder tiempo y plata en una demanda que no va para nada. Y fijo fijo fijo, ud. se va a encontrar un abogado pura tuza que le va a dar alas, le dice que ganan fácil el caso, lo pierden y tiene que pagarle al mae. Entonces, ya van a ser dos los maes a los que les querrá cobrar.

O sea, está bien, considero justo que ud. reciba lo que puso, pero el problema es que había que pensar en este tipo de cosas antes de poner la harina. Ahorita, ya es un poco tarde.

OK OK OK me la pelé, vivieron más tiempo juntos. Pero igual, si ya pasaron dos años desde que se separaron, ya caducó la jugada. Aun suponiendo que no, viene todo un trámite para que le reconozcan la unión, y otro trámite para la pensión. Creo que es mejor que invierta su tiempo en algo más provechoso y salga palante, así también se ahorra estarle viendo la máscara al otro mae.
 
Reviviendo un tema viejo xd, pregunta seria, es requerido la convivencia bajo el mismo techo durante 3 años para que la pareja adquiera los derechos de un matrimonio?, osea ya no se puede tener una novia más de 3 años porque lo puede pegar a la pensión o reclamar bienes a pesar de no vivir juntos?
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Creo que una unión de hecho se refiere a una relación de pareja bajo el mismo techo.
Anteriormente yo creía que la pensión alimentaria solo se aplicaba si habría tenido hijo.
Esos efectos patrimoniales se aplica solo a los bienes adquiridos durante la relación, cierto? Digamos si yo tuve una casa antes de juntarme con la pareja, dicha casa está excluida de la repartición cuando ocurre una ruptura?
 
Evite multas y sanciones: Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes.
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie