Sala IV pone a la CCSS y al MTSS a sudar: ¡Ahora sí pagarán las licencias de cuidado atrasadas!

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¡Ay, Dios mío, qué movida! La Sala Constitucional le pegó un cosazo a la Caja y al Ministerio de Trabajo, ordenándoles que paguen esas licencias de cuidado que tanta bronca han causado a familias enteras. Ya era hora, porque esto llevaba meses, diría yo, años incluso para algunos. Parece que nuestros funcionarios públicos se olvidaron de que detrás de esos trámites hay gente necesitada, compa.

Todo empezó con cinco recursos de amparo presentados por padres y madres desesperados, provenientes de distintos rincones del país. Uno tenía un hijito con una enfermedad grave, otro simplemente necesitaba los días correspondientes para cuidar a su nene, y así sucesivamente. El problema, como siempre, era la plata – o la falta de ella, según decían las instituciones –, argumentando que no tenían presupuesto para cumplir con sus obligaciones. ¡Pero claro! ¿Y cómo es posible que no tengan plata para algo tan básico como apoyar a familias que necesitan cuidar a sus hijos?

La Sala, con toda la razón del mundo, les dijo “¡aguas!”. No pueden esconderse tras excusas financieras, especialmente cuando estamos hablando de derechos fundamentales. Remarcó que la salud, el trabajo, la seguridad social y la protección familiar tienen prioridad sobre cualquier restricción presupuestaria. ¡Así se habla! Que aprendan los políticos a poner primero a la gente, parce.

Vamos por los detalles de estos amparos. Tenemos el expediente 25-029742-0007-CO, donde una madre luchó por conseguir el pago de su licencia porque su hijo necesita cuidados intensivos. Luego, el 25-029775-0007-CO, donde le negaron los días de licencia alegando que se acabaron los fondos del FODESAF. ¡Un fiasco! Después, una funcionaria del MEP quedó varada sin su licencia (expediente 25-029791-0007-CO), una madre cuidando a su niña con problemas respiratorios (25-030138-0007-CO), e incluso un caso de discriminación verbal hacia una mujer que necesitaba atender a su hijo con esquizofrenia y diabetes (25-018688-0007-CO). ¡Qué pena ajena!

Lo bueno de todo este asunto es que la Sala no se quedó solo en las palabras. Ordenó a la CCSS y al MTSS que hagan los depósitos correspondientes en un plazo de 15 días, ¡a correr! Así que ya saben, muchachos, prepárense para ver si cumplen con lo dicho. Esperemos que esta vez sí lo hagan, porque la paciencia de la gente ya está más que reventada. Estos temas siempre son un dolor de cabeza, pero al final la justicia, aunque tarde, sale a relucir, ¿no creen?

Este fallo es una victoria importante para las familias costarricenses y demuestra que la Constitución no es solo un papel bonito colgado en la pared. Sirve para proteger los derechos de las personas, especialmente de aquellas que más lo necesitan. Esto también debería servirle de alerta a las autoridades para que planifiquen mejor sus presupuestos y eviten que situaciones como esta vuelvan a repetirse. Imaginen tener que pelear para poder cuidar a su hijito… ¡qué torta!

Pero aquí viene la reflexión, mi gente. Este caso nos obliga a preguntarnos: ¿hasta qué punto la burocracia y la falta de planificación están afectando los derechos básicos de los ciudadanos? ¿Realmente estamos priorizando lo correcto en nuestro sistema de seguridad social? Porque parece que siempre terminamos sacando la mano del bolsillo del pueblo para solucionar problemas que podrían haberse evitado con un poco más de previsión. ¡Qué desmadre!

Ahora, díganme ustedes, ¿creen que este fallo de la Sala Constitucional cambiará realmente la forma en que la Caja y el Ministerio de Trabajo gestionan las licencias de cuidado? ¿O volveremos a estar en la misma situación el año que viene, esperando que alguien más tenga que presentar un recurso de amparo para que nos escuchen? ¡Compártanme sus opiniones en el foro!
 
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