Si el mae admitió culpa ante el inspector del ins, entonces ya tiene resuelto el asunto de la reparación del carro, faltando solamente que el dueño de la póliza pague los deducibles correspondientes al taller escogido POR USTED, o en su defecto, directamente a Usted si así lo prefiere.
Respecto a al necesidad del carro para su trabajo, es un asunto que debe ventilarse en el juicio de tránsito, en donde Usted debe solicitarle al culpable, una solución "viable" mientras se repara su vehículo. Esa solución puede ser alquilar carro o que le presten uno por mientras. Obviamente, ambas soluciones tienen un costo que el responsable del accidente debe cubrir. Si este mae no quiere cubrir eso, entonces debe iniciar otro juicio (tengo entendido que el el mismo de tránsito esto no se ventila) por el "lucro cesante", entablando acción civil resarcitoria por los gastos en que Usted incurra para solucionar el problema.
Tal vez alguien más letrado (un abogado de verdad) le puede orientar mejor en este asunto. Lo que le puedo decir, es que por lo general, esto puede tardar mucho tiempo (años) y sus resultados son dudosos.