Necesito su ayuda por favor. Esta situación ya es insoportable.
La descripción es bastante extensa porque han sucedido en el transcurso de un año y creo que es necesaria para ver la clase de persona que es el arrendante.
Alquilo un departamento que está en la parte de atrás de una veterinaria. El dueño es veterinario y vive en la misma propiedad, la veterinaria es su casa también. De su personalidad le puedo decir que tiene facilidad de palabra y que no cumple con lo que dice y a eso se añade que cambia las versiones de las cosas dichas.
Lo primero fue que una vez que me pasé al apartamento no me dio el control del portón eléctrico de la cochera. Dijo que él solo tenía uno y que como yo era la que lo iba a usar entonces yo lo tenía que comprar. Aunque no me pareció lo correcto mi error fue ceder en eso porque entonces pretendió seguir haciendo lo mismo.
El contrato firmado ante abogado dice que el apartamento posee cochera. En un principio me dio un espacio al frente de la veterinaria (yo entraba y parqueaba acomodaba el carro torcido). Entre todos los cambios y arreglos que me dijo que le iba a hacer a la propiedad estaba poner una venta de comida para mascotas en la parte donde yo estaba parqueando el carro. Y me aclaró que cuando eso sucediera yo iba a tener que parquear en un espacio donde él parquea, es al lado de la veterinaria donde se pueden parquear dos carros, UNO DETRÁS DEL OTRO. A los meses el puso en mi campo de parqueo unos sillones a manera de sala de espera (el ya tiene sala de espera dentro de la veterinaria) lo que me obliga a parquear en el otro espacio donde nos estorbamos con los carros. Yo le refuté que él me dijo que eso iba a suceder cuando pusiera una venta de comida para mascotas no una sala de espera, el fin de la discusión fue que él era el dueño y hacía lo que quería en su propiedad.
En ocasiones me ha llamado para que vaya a quitar el carro porque él va a salir a las 10:15 pm. 10:30 pm cuando yo ya estoy dormida y otro día antes de las 6 am.
En un principio yo le tocaba el timbre dos veces cuando yo ocupaba que saliera a quitar el carro de él, eso le molestó y me dijo que solo tocara una vez. La propiedad está en una calle muy concurrida donde pasan buses y parquean carros en la calle a veces cuando llego el tiene el carro de manera que yo no puedo entrar así que tengo que quedarme en media calle estorbando el transito esperando a que salga a moverlo. Le molesta que pite para que él salga (que muy feo ante los clientes de él) así que me dice que tengo que llamarlo por teléfono para avisarle. Hace pocos días yo tenía que salir a las 9am él tardó en salir porque estaba en el baño, yo pité varias veces y se molestó, así que me dijo que yo tenía que avisarle por teléfono 10 min antes para el saber. Al día siguiente de eso yo salí también a las 9am, toqué el timbre de la veterinaria y me esperé 14 min como no salió entonces pité varias veces, no quiso salir y hasta que lo llamé por teléfono salió. Me gritó que “él ya me había dicho que lo llamara por teléfono” la discusión duró varios minutos. Dijo que estaba dormido porque no había dormido en toda la noche, le dije que yo no tengo por qué saber esos detalles de su vida, que esos inconvenientes son provocados por él y que fácilmente se arreglaban si él me devolvía el espacio de la cochera, su respuesta fue: "olvídelo".
Esto no es vida, por qué tengo que estar llamándolo para avisarle lo que voy a hacer? Y si tengo que salir antes de 10 min o si le aviso y después me doy cuenta que me atraso más? Yo no soporto ni escucharlo y él me obliga a estarlo llamando. El es un agresor, un señor que lo conoce me dijo que él cuando estuvo casado le pegaba a la esposa.
Se puede aplicar lo siguiente de la Ley 7527?
CAPITULO V/OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR/ARTICULO 26.- Obligaciones del arrendador.
d) No perturbar, de hecho ni de derecho, al arrendatario; tampoco estorbar ni embarazar, de manera alguna, el uso y goce de la cosa arrendada, de no ser por reparaciones urgentes o necesarias.
El contrato dice que si quiero terminar el contrato debo avisarle con un mes de anticipación. Si él incumple el artículo 26 puedo irme sin avisarle un mes antes y el siempre estaría obligado a devolverme el depósito (200.000 cls) un mes después como dice el contrato? Me atrevo a decir que es el tipo de persona que hará lo imposible por quedarse con mi dinero.
Hay otras situaciones pero por ahora les hago esta consulta. Muchas gracias por su ayuda.
La descripción es bastante extensa porque han sucedido en el transcurso de un año y creo que es necesaria para ver la clase de persona que es el arrendante.
Alquilo un departamento que está en la parte de atrás de una veterinaria. El dueño es veterinario y vive en la misma propiedad, la veterinaria es su casa también. De su personalidad le puedo decir que tiene facilidad de palabra y que no cumple con lo que dice y a eso se añade que cambia las versiones de las cosas dichas.
Lo primero fue que una vez que me pasé al apartamento no me dio el control del portón eléctrico de la cochera. Dijo que él solo tenía uno y que como yo era la que lo iba a usar entonces yo lo tenía que comprar. Aunque no me pareció lo correcto mi error fue ceder en eso porque entonces pretendió seguir haciendo lo mismo.
El contrato firmado ante abogado dice que el apartamento posee cochera. En un principio me dio un espacio al frente de la veterinaria (yo entraba y parqueaba acomodaba el carro torcido). Entre todos los cambios y arreglos que me dijo que le iba a hacer a la propiedad estaba poner una venta de comida para mascotas en la parte donde yo estaba parqueando el carro. Y me aclaró que cuando eso sucediera yo iba a tener que parquear en un espacio donde él parquea, es al lado de la veterinaria donde se pueden parquear dos carros, UNO DETRÁS DEL OTRO. A los meses el puso en mi campo de parqueo unos sillones a manera de sala de espera (el ya tiene sala de espera dentro de la veterinaria) lo que me obliga a parquear en el otro espacio donde nos estorbamos con los carros. Yo le refuté que él me dijo que eso iba a suceder cuando pusiera una venta de comida para mascotas no una sala de espera, el fin de la discusión fue que él era el dueño y hacía lo que quería en su propiedad.
En ocasiones me ha llamado para que vaya a quitar el carro porque él va a salir a las 10:15 pm. 10:30 pm cuando yo ya estoy dormida y otro día antes de las 6 am.
En un principio yo le tocaba el timbre dos veces cuando yo ocupaba que saliera a quitar el carro de él, eso le molestó y me dijo que solo tocara una vez. La propiedad está en una calle muy concurrida donde pasan buses y parquean carros en la calle a veces cuando llego el tiene el carro de manera que yo no puedo entrar así que tengo que quedarme en media calle estorbando el transito esperando a que salga a moverlo. Le molesta que pite para que él salga (que muy feo ante los clientes de él) así que me dice que tengo que llamarlo por teléfono para avisarle. Hace pocos días yo tenía que salir a las 9am él tardó en salir porque estaba en el baño, yo pité varias veces y se molestó, así que me dijo que yo tenía que avisarle por teléfono 10 min antes para el saber. Al día siguiente de eso yo salí también a las 9am, toqué el timbre de la veterinaria y me esperé 14 min como no salió entonces pité varias veces, no quiso salir y hasta que lo llamé por teléfono salió. Me gritó que “él ya me había dicho que lo llamara por teléfono” la discusión duró varios minutos. Dijo que estaba dormido porque no había dormido en toda la noche, le dije que yo no tengo por qué saber esos detalles de su vida, que esos inconvenientes son provocados por él y que fácilmente se arreglaban si él me devolvía el espacio de la cochera, su respuesta fue: "olvídelo".
Esto no es vida, por qué tengo que estar llamándolo para avisarle lo que voy a hacer? Y si tengo que salir antes de 10 min o si le aviso y después me doy cuenta que me atraso más? Yo no soporto ni escucharlo y él me obliga a estarlo llamando. El es un agresor, un señor que lo conoce me dijo que él cuando estuvo casado le pegaba a la esposa.
Se puede aplicar lo siguiente de la Ley 7527?
CAPITULO V/OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR/ARTICULO 26.- Obligaciones del arrendador.
d) No perturbar, de hecho ni de derecho, al arrendatario; tampoco estorbar ni embarazar, de manera alguna, el uso y goce de la cosa arrendada, de no ser por reparaciones urgentes o necesarias.
El contrato dice que si quiero terminar el contrato debo avisarle con un mes de anticipación. Si él incumple el artículo 26 puedo irme sin avisarle un mes antes y el siempre estaría obligado a devolverme el depósito (200.000 cls) un mes después como dice el contrato? Me atrevo a decir que es el tipo de persona que hará lo imposible por quedarse con mi dinero.
Hay otras situaciones pero por ahora les hago esta consulta. Muchas gracias por su ayuda.