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Wilas

Fianza por deuda.

Quisiera saber si existe algún trámite legal por medio del cual un fiador (al cual le embargaron el salario por que el deudor dejó de pagar), puede exigir al deudor a seguir pagando la deuda????
Gracias de ante mano por la ayuda.
 
Quisiera saber si existe algún trámite legal por medio del cual un fiador (al cual le embargaron el salario por que el deudor dejó de pagar), puede exigir al deudor a seguir pagando la deuda????
Gracias de ante mano por la ayuda.
Creo que no hay quite, el fiador debera de cancelar toda la deuda completa hasta con los intereses y una vez cancelado el fiador podra demandar al deudor para que le pague absolutamente todo y creo que hasta las ambas costas procesales, creo que asi funciona y sino que alguien me corrija.
 
Creo que no hay quite, el fiador debera de cancelar toda la deuda completa hasta con los intereses y una vez cancelado el fiador podra demandar al deudor para que le pague absolutamente todo y creo que hasta las ambas costas procesales, creo que asi funciona y sino que alguien me corrija.
Yo entiendo parecido, solo que POQUISIMAS veces hay de donde cobrar.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Quisiera saber si existe algún trámite legal por medio del cual un fiador (al cual le embargaron el salario por que el deudor dejó de pagar), puede exigir al deudor a seguir pagando la deuda????
Gracias de ante mano por la ayuda.
Majesh entre komillash: Kien te tienesh de tontosh ´fiandosh´a otro DUDE?

You question ezta de mas...
 
Si que da vergüenza ajena cuando aparece un dios omnipresente que cree saberlo todo sin saber ni picha. En que parte del tema dice que yo fie a alguien?
 
Si que da vergüenza ajena cuando aparece un dios omnipresente que cree saberlo todo sin saber ni picha. En que parte del tema dice que yo fie a alguien?
Kumpa entre "" si preguntash es porke fijosh estash embarradosh con alguien, ahorash te guste o no debesh de pagarsh, ke te kede de experienciash para ke no vuelvash a kometer tal CABALLADASH majesh...
 
"En el artículo 1324 del Código Civil se establecen algunos supuestos en los que el fiador puede, aun antes de haber pagado, exigir que el deudor le asegure el pago o lo releve de la fianza. Entre estos supuestos se encuentran el hecho de que el deudor sufra un menoscabo en sus bienes, de modo que se halle en riesgo de quedar insolvente, o que pretenda ausentarse del país, o si pidió la fianza únicamente por un tiempo determinado y este ha transcurrido."

Si no se le cumplen esos casos sera hasta que termine de pagar que pida una indemnización por via legal.

Esta historia se vive repitiendo, el que fía siempre va terminar pagando porque es demasiado fácil para el deudor dejar de pagar, asi que no le fien ni a su mama, no sean tontos.
Al final siempre alguien va a salir que se lo lleva puta, prefiero que mi amigo, familiar se empute porque no le presté a a yo emputarme porque me encaramaron una deuda, al final en el primer caso yo me quedo con mi platita en el segundo no.
 
"En el artículo 1324 del Código Civil se establecen algunos supuestos en los que el fiador puede, aun antes de haber pagado, exigir que el deudor le asegure el pago o lo releve de la fianza. Entre estos supuestos se encuentran el hecho de que el deudor sufra un menoscabo en sus bienes, de modo que se halle en riesgo de quedar insolvente, o que pretenda ausentarse del país, o si pidió la fianza únicamente por un tiempo determinado y este ha transcurrido."

Si no se le cumplen esos casos sera hasta que termine de pagar que pida una indemnización por via legal.

Esta historia se vive repitiendo, el que fía siempre va terminar pagando porque es demasiado fácil para el deudor dejar de pagar, asi que no le fien ni a su mama, no sean tontos.
Al final siempre alguien va a salir que se lo lleva puta, prefiero que mi amigo, familiar se empute porque no le presté a a yo emputarme porque me encaramaron una deuda, al final en el primer caso yo me quedo con mi platita en el segundo no.
ME LIKE !
 
Quisiera saber si existe algún trámite legal por medio del cual yo COMO fiador (al cual ME embargaron mi salario por que el deudor dejó de pagar), puedo exigir al deudor a seguir pagando la deuda????
Gracias de ante mano por la ayuda.

Majesh: kuanto tenesh ke pagarsh por mesh si se puedesh sabersh?????????????
 
Y usted queda como alguien bien patético al darle pelota, lo peor es que usted y no él, es el que se va de vacaciones, por insultar a la madre, aquí la madre se respeta.

Ojalá aprenda la lección, mes y medio de descanso le ayudará a aclarar sus ideas.
 
¿Que pasa si en determinado caso una persona que fio a otra persona, esta persona no quiso hacerse cargo de la cuenta: la persona fiadora podra embargar algún activo que tenga esa persona hasta que cancele la deuda o es sólo un mito urbano?
 
Quisiera saber si existe algún trámite legal por medio del cual un fiador (al cual le embargaron el salario por que el deudor dejó de pagar), puede exigir al deudor a seguir pagando la deuda????
Gracias de ante mano por la ayuda.
Majesh: ya kankelosh la jaranash en ke se metiosh???????????

Siga de DUDE haciendoSH estas stupidecezsh...

Kuantosh pagashs por meSH yes puedeSH saberhs HORSE?
 
"En el artículo 1324 del Código Civil se establecen algunos supuestos en los que el fiador puede, aun antes de haber pagado, exigir que el deudor le asegure el pago o lo releve de la fianza. Entre estos supuestos se encuentran el hecho de que el deudor sufra un menoscabo en sus bienes, de modo que se halle en riesgo de quedar insolvente, o que pretenda ausentarse del país, o si pidió la fianza únicamente por un tiempo determinado y este ha transcurrido."

Si no se le cumplen esos casos sera hasta que termine de pagar que pida una indemnización por via legal.

Esta historia se vive repitiendo, el que fía siempre va terminar pagando porque es demasiado fácil para el deudor dejar de pagar, asi que no le fien ni a su mama, no sean tontos.
Al final siempre alguien va a salir que se lo lleva puta, prefiero que mi amigo, familiar se empute porque no le presté a a yo emputarme porque me encaramaron una deuda, al final en el primer caso yo me quedo con mi platita en el segundo no.
Muy buen aporte
 

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