Servidumbre

Saludos Compañeros,

En Cartago tengo una propiedad donde el acceso es atravez de otra propiedad donde los dueños me estan poniendo candado en la entrada y la Corte ya aplicó medidas cautelares mientras resuelve, que son no impedir el libre paso , y lo siguen haciendo aun cuando ya hay una orden directa de la Corte , osea hay Desacato a la autoridad ! entonces concretamente quería saber hasta donde puede llegar la ley en un caso de estos donde ellos ( los vecinos ) no van hacer caso, y si voy arrancar el porton o el candado con la policia lo vuelven a poner una y otra vez . . . que medidas podria aplicar la Corte si esto pasa o manteniendo la legalidad que puedo hacer ?

Muchas Gracias de antemano por su tiempo.
 
servidumbre

Mira mi amigo ellos no pueden negarle el paso. Si esta es la unica salida que tiene su propiedad. La unica manera seria si hubiera otra entrada mas factible para la propiedad que tienes..... Debes recurrir a las autoridades nuevamente y explicarles lo que te esta pasando de que te cierran el paso cosa que no es permitido si esta es la unica salida que tienes... una pregunta hay otras salidas del fundo...... y fue que compraste cm adquiriste ese terreno y la salida fue mutuo acuerdo de que ellos te iban a dar la salida.. o a que terreno pertenece la salida.....
 
Gracias Soledad ,

Claro , el asunto fue que yó compre la propiedad ya hace varios años , y como es deber de uno informarse sobre lo que compra me asegure que la servidumbre de paso estuviera debidamente inscrita para no tener problemas luego , y si , ya la servidumbre estaba inscrita, la cosa fue asi, el primer propietario divide el terreno en 2 y el acceso para uno de los lotes es atravez del otro , en este caso el acceso mio pasa atravez de la otra propiedad, asi fue siempre , despues este señor vendio ese terreno afectado por esta servidumbre de paso que el mismo inscribio y la gente que compró luego nunca se enteró de que en el plano que hizo un topografo despues le borraron la servidumbre para venderlo mas facil probablemente y nunca se informaron que la propiedad que compraron era afectada por la mía por el tema de la servidumbre , yo compre poco despues de ellos pero igualemente ya eso estaba en el registro, mi propiedad pega con calle pública pero es una ladera de más de 15 metros y no puedo entrar por ahi, tendria que invertir unos 7 millones para hacer el movimiento de tierra necesario para tener mi propia entrada, y esta gente nunca trataron de hablar conmigo, solo me pusieron porton y candado y punto, son prepotentes y dueños de muchas tierras, por lo que deben estar acostumbrados a pasarle por encima a la gente.

Saludos,
 
servidumbre

Hola!!!!

Usted tiene las pruebas necesarias para indicar que el derecho de servidumbre siempre lo ha tenido el lote, y ellos estan obligados a darsela por ley, no pueden cerrarle el paso ya que en el plano indica que la servidumbre siempre ha existido afectando la propiedad que ellos compraron, asi que no pueden cerrarle el paso.... porque el plano lo indica... espera el proceso ante las autoridades... para que ellos le indiquen a esta gente que usted tiene ese derecho y la ley lo estipula y ademas de eso la servidumbre ya existia
 
servidumbre

Iniciemos hablando de que es señor indica que la corte está estableciendo medida cautelar la cual consiste en dar libre paso, en este sentido es bueno recordar que es una medida cautelar siendo estas dictadas mediante providencias judiciales, con el fin de asegurar que cierto derecho podrá ser hecho efectivo en el caso de un litigio en el que se reconozca la existencia y legitimidad de tal derecho. Las medidas cautelares no implican una sentencia respecto de la existencia de un derecho, pero sí la adopción de medidas judiciales tendentes a hacer efectivo el derecho que eventualmente sea reconocido, partiendo de esto las autoridades competentes deben asegura el cumplimiento de esta medida cautelar por medio de la autoridad pública o sea la policía , la cual puede hacer cumplir mediante los medios necesarios dicha medida , si en si los candados son vueltos a colocar lo mejor es recurrir mediante un escrito ( acta notarial) y por medio de un abogado demostrando que la medida no se está cumpliendo y se tipifique el desacato al mandato judicial y el perjuicio que le esta ocasionando, a lo cual la corte hará llegar a quien este colocando el candado otra providencia y hasta una posible sanción por el desacato , así que lo mejor es como le indico hacer esa gestión lo antes posible. Con mucho gusto si no le queda claro puedo darle una aclaración mas en el tema.
 

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