Cambio de funciones en el trabajo

Hola Foreros.

Mi consulta es: Me contrataron para una función especifica de counter( mi acción de personal dice eso) y es lo que he realizado por mas de 2 años, resulta que
me dicen que para no despedirme(me estiman como trabajador jajaja) por cuestiones varias me cambiaran a asistente de mercadeo, ventas en la calle, mi salario no cambia dicen, mi pregunta es si mi patrono puede cambiarme las fuciones a realizar diferentes a las que fui contratado.

Gracias.
 
Teddy,

el patrono puede ofrecerle cambiarse de puesto, pero no puede obligarlo a hacerlo es decir usted tiene que dar su consentimiento primero, ellos tampoco lo pueden despedir en caso que usted se niegue y si lo hacen sería un despido injustificado, en este caso es que su departamento lo van a cerrar y le están dando una 2da opción antes de despedirlo.

Y solamente por si acaso, NO pueden disminuirle el salario ya sea por "x" o "y" motivo.
 
Es que en ese caso, si usted acepta el cambio de puesto, pues sigue ahí, si no acepta lo despiden y ya, y no sería un despido injustificado xq cualquier patrono tiene libertad para despedir a cualquier empleado sin que haya necesariamente un motivo, ahí lo que SÍ aplicaría, sería un "despido con responsabilidad patronal"

O sea, si usted no quiere cambiarse al nevo puesto puede decir que no, y lo deberían despedir con responsabilidad patronal, aunque si el patrono es medio HP lo despide sin nada y ahí le tocará ir al ministerio de trabajo y esperar 2 años por el juicio.
 
Compañero existe un principio en lo laboral que se llama el Ius Variandi que en resumen le dice que puede y que no puede variar el patrono unilateralmente, lease este artículo para un mejor entendimiento



Code:
http://www.crhoy.com/el-ius-variandi-y-los-derechos-adquiridos-por-el-trabajador/
 
Es que en ese caso, si usted acepta el cambio de puesto, pues sigue ahí, si no acepta lo despiden y ya, y no sería un despido injustificado xq cualquier patrono tiene libertad para despedir a cualquier empleado sin que haya necesariamente un motivo, ahí lo que SÍ aplicaría, sería un "despido con responsabilidad patronal"

O sea, si usted no quiere cambiarse al nevo puesto puede decir que no, y lo deberían despedir con responsabilidad patronal, aunque si el patrono es medio HP lo despide sin nada y ahí le tocará ir al ministerio de trabajo y esperar 2 años por el juicio.


Pura vida aquí al compa por aclararar,

para especificar lo que yo quería decir es que digamos que el departamento del mae donde él fue contratado no va a cerrar, y el patrono simplemente lo quiere cambiar de puesto y el compa se niega.... no lo podrían despedir y de hacerlo sería injustificado.

Pero en este caso, sería un despido con responsabilidad patronal.

Recuerdo que en el código de trabajo dice algo como "un patrono no puede obligar a un empleado realizar funciones para las que no fue contratado o para las cuales no cumpla aptitudes físicas, destrezas.... en fin.


Mae yo que usted agarra y sigue el brete, a como está la cosa ahora no hay que darse lujos de rechazar un brete.
 

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