Amigo David, cada día me asusta más la DESINFORMACIÓN con la que vivimos. Es increible que en el´mundo de hoy, donde La Gaceta está al alcance de un click, todas las leyes (desde 1821 hasta acá) están disponibles en la página de la Procuraduría General de la República, etc., los ciudadanos seamos tan descuidados y no nos informemos. Y perdoná, no lo digo por vos, sino por TODOS, porque a todos nos pasa.
La respuesta definitiva a tu pregunta es NO! Desde 1990 la Sala Constitucional (por favor, NO ES SALA IV !!!) declaró inconstitucional (si no fué la primera, fue de las primeras inconstitucionalidades declaradas por la Sala) la prisión por deudas. Esto era un resabio del derecho antiguo y medieval, que todavía a finales del siglo XX existía en Costa Rica. Lo que si existe es el apremio corporal en caso del incumplimiento con el pago de las pensiones alimentarias, pero eso es harina de otro costal.
Te aseguro, y me podés creer, que en todo el texto de esta nueva ley no hay nada parecido a lo que te contaron. En realidad esta es una ley que lo que busca es ponernos al hilo a los ticos, que somos buenos para endeudarnos IRRESPONSABLEMENTE y después pretendemos no pagar. Nos acostumbramos a vivir gastando lo QUE NO TENEMOS, pretendemos complacer a nuestros hijos con ropa de marca, tenis de $200,oo, ipods, plays, etc., y todo comprado con la tarjeta, ojalá con extrafinanciamiento, pero después pretendemos que no nos cobren. Esta nueva ley lo único que hace es poner las cosas en su lugar, y que el que debe, que pague, y si no paga, pues que responda...