Una persona que trabaja como operario no calificado, en empresa , en horario diurno, el trabajo es ocasional ósea que no siempre trabaja todos los días del mes, sino que varia, un mes trabaja 15 días, otro mes 20 días, otro mes 26 días, varia la cantidad de días, se le paga ¢7.500 por día laborado, su pago es semanal, trabaja de lunes a sábado, no trabaja domingos, entonces no se los pagan.
Ejemplo:
1. Si trabajó esta semana de lunes a sábado, el salario seria de ¢45.000
Mi duda es que si en algún mes trabaja los 26 días, en total ese mes ganara ¢195.000, y actualmente el salario mínimo esta en ¢220.347. Esta correcto ante la ley que esa persona reciba ¢195.000 por ser trabajo ocasional y no trabajar los domingos??
2. O aunque no trabaje los domingos y sea trabajo ocasional el salario por día de lunes a sábado, debe incluir el domingo??? Así: ¢8.500 por día, de lunes a viernes, y si llegara a trabajar los 26 días su salario sumaria ¢221.000.
Cual de las dos formas es la correcta por ley para pagarle el salario, aunque sea trabajo ocasional y no trabaje los domingo, les agradecería me ayude con esta duda...
Ejemplo:
1. Si trabajó esta semana de lunes a sábado, el salario seria de ¢45.000
Mi duda es que si en algún mes trabaja los 26 días, en total ese mes ganara ¢195.000, y actualmente el salario mínimo esta en ¢220.347. Esta correcto ante la ley que esa persona reciba ¢195.000 por ser trabajo ocasional y no trabajar los domingos??
2. O aunque no trabaje los domingos y sea trabajo ocasional el salario por día de lunes a sábado, debe incluir el domingo??? Así: ¢8.500 por día, de lunes a viernes, y si llegara a trabajar los 26 días su salario sumaria ¢221.000.
Cual de las dos formas es la correcta por ley para pagarle el salario, aunque sea trabajo ocasional y no trabaje los domingo, les agradecería me ayude con esta duda...