Buenas:
Hace aproximadamente 8 años dejé una deuda por 282.000 colones sin cancelar, no podía pagarla, estaba desempleado y con una hija recién nacida. (Se que eso no es lo correcto pero bueno, hay que ser padre para hacerlo). El tiempo pasó y nunca me llamaron, no me notificaron, ni me hicieron ningún intento de cobro. Ocho años luego recibí un comunicado de que mi salario estaba embargado (claramente había olvidado el tema, mal de mi parte) . Averigüé cuanto era el porcentaje de embargo y me sometí a eso, podía vivir sin esa parte que me quitaban y así cerraba el capítulo definitivamente.
Cuando terminó el embargo, me acerqué al juzgado donde se había tramitado a por una certificación donde hiciera constar que ya se había pagado la deuda y solicitar una carta de descargo de la misma. Sin embargo el muchacho del juzgado me dijo, acá dice que ud debe un millón setecientos aun, mejor vaya y hable lo antes posible, (La letra era por 400mil) y el resto obedecía a cargos por mora. me dijeron en la financiera. Entonces resolví someterme de nuevo al embargo salarial.
Para mi sorpresa dos meses después me llamaron y me dijeron que la deuda había llegado a dos millones seiscientos por tramites administrativos, intereses corrientes, más intereses de mora. Esa llamada fue un lunes y me comunicaron que el jueves mi propiedad (mancomunada) sería adjudicada a la financiera en remate (valorada en 85 millones). Le consulté si no procedía el embargo salarial y me dijeron que no, que ellos estaban en capacidad de hacer eso.
Negocié con el despacho jurídico y me dieron la oportunidad de cancelarles un millón seiscientos y acabar definitivamente con el proceso y la cuenta. Entonces como pude conseguí el dinero en 3 horas y lo cancelé (ya tengo las cartas de descargo)
Mi consulta es :
¿Pueden cobrar una deuda después de más de 4 años sin recibir un abono?
¿Pueden rematar la propiedad (y adjudicársela) sin haberla embargado y sin haber procedido el embargo salarial antes?
¿Puedo demandar?
Gracias
Hace aproximadamente 8 años dejé una deuda por 282.000 colones sin cancelar, no podía pagarla, estaba desempleado y con una hija recién nacida. (Se que eso no es lo correcto pero bueno, hay que ser padre para hacerlo). El tiempo pasó y nunca me llamaron, no me notificaron, ni me hicieron ningún intento de cobro. Ocho años luego recibí un comunicado de que mi salario estaba embargado (claramente había olvidado el tema, mal de mi parte) . Averigüé cuanto era el porcentaje de embargo y me sometí a eso, podía vivir sin esa parte que me quitaban y así cerraba el capítulo definitivamente.
Cuando terminó el embargo, me acerqué al juzgado donde se había tramitado a por una certificación donde hiciera constar que ya se había pagado la deuda y solicitar una carta de descargo de la misma. Sin embargo el muchacho del juzgado me dijo, acá dice que ud debe un millón setecientos aun, mejor vaya y hable lo antes posible, (La letra era por 400mil) y el resto obedecía a cargos por mora. me dijeron en la financiera. Entonces resolví someterme de nuevo al embargo salarial.
Para mi sorpresa dos meses después me llamaron y me dijeron que la deuda había llegado a dos millones seiscientos por tramites administrativos, intereses corrientes, más intereses de mora. Esa llamada fue un lunes y me comunicaron que el jueves mi propiedad (mancomunada) sería adjudicada a la financiera en remate (valorada en 85 millones). Le consulté si no procedía el embargo salarial y me dijeron que no, que ellos estaban en capacidad de hacer eso.
Negocié con el despacho jurídico y me dieron la oportunidad de cancelarles un millón seiscientos y acabar definitivamente con el proceso y la cuenta. Entonces como pude conseguí el dinero en 3 horas y lo cancelé (ya tengo las cartas de descargo)
Mi consulta es :
¿Pueden cobrar una deuda después de más de 4 años sin recibir un abono?
¿Pueden rematar la propiedad (y adjudicársela) sin haberla embargado y sin haber procedido el embargo salarial antes?
¿Puedo demandar?
Gracias