Legal.
A los efectos del cobro, la deuda persiste incluso ante la extinción del acreedor. el proceso de quiebra obliga a la apertura de un proceso de ejecución de la quiebra al cual todos los deudores serán requeridos para el eventual pago. En el caso de las entidades financieras, existe toda una normativa que regula su actividad, desde su nacimiento hasta su extinción y te reconozco mi desconocimiento a fondo sobre ella, sin embargo, sí te puedo asegurar que, la transmisión de la deuda a otra entidad financiera que ejecute los cobros, tiene plena validez. Para ello el ejemplo del Banco Anglo, cuyos créditos por cobrar fueron transmitidos al Banco Central quién a su vez los transmitió a una serie de entidades bancarias, tales como uno de los Fideicomisos de cobro del Popular, y otros bancos nacionales -quienes recibieron créditos pendientes como pagos de deudas-.
Cosa similar ocurriría en caso de declararse la quiebra de Coopemex, por lo que lamento decirte que tu deuda persiste para los efectos de cualquier cobro a ejecutarse a nivel judicial