1. Puede un patrono grabar el trabajo de un empleado sin previo aviso? me refiero al trabajo en la computadora, en caso de oficinistas. Ingresar al pc del trabajador desde el administrador de otra PC.
Debe el patrono avisar al trabajador que va a ser grabado?
2. en una demanda por despido, en cuanto a prueba testimonial, que tiene mas peso, la versión del trabajador o la del patrono, en caso de no haber documentación de por medio, excepto la carta de despido?
Debe el patrono avisar al trabajador que va a ser grabado?
2. en una demanda por despido, en cuanto a prueba testimonial, que tiene mas peso, la versión del trabajador o la del patrono, en caso de no haber documentación de por medio, excepto la carta de despido?