Lo que preguntas está regulado en lo referente A "DE LAS NAVES MOTOCICLETAS ACUATICAS, cuya inscripción se encuentra en el Decreto N. 23178-J-MOPT. No vas a tener ningún problema en la inscripción de tu velerito, como llamas siempre y cuando cumplas con los requerimientos legales, como por ejemplo la inscripción y cambio de titularidad del bien. El trámite debes de realizarlo unicamente a travez de Notario Público. Si por ejemplo el velero tienen matricula de otro país, deberás de aportar la cancelación del registro o lo que se llama baja de bandera debidamente refrandada por el consulado de Costa Rica en el país de origen junto a una traducción oficial. SI QUIERES MAS INFORMACIÓN PUEDES ACCESAR A LA PAGINA DEL REGISTRO PUBLICO, en donde encontra-
rás todo lo referente a este tema ya que incluso debes de llevarlo a que le hagan una inspección como la que le practica Riteve a los automoviles, pero ésta se realiza en las capitanías de puerto.