Pensión voluntaria

Buenas tardes alguien que conozca del tema mi consulta es el padre de mi hija quiere ponerse el mismo la pensión alimenticia para poder solicitar el régimen de visitas cosa que yo no acepto por muchas cosas que le podrían suceder a mi bebe si el se la lleva son dos consultas el puede ir a la corte y ponerse la pensión ? Y en el caso del régimen de visitas que puedo hacer ?
 
Buenas tardes alguien que conozca del tema mi consulta es el padre de mi hija quiere ponerse el mismo la pensión alimenticia para poder solicitar el régimen de visitas cosa que yo no acepto por muchas cosas que le podrían suceder a mi bebe si el se la lleva son dos consultas el puede ir a la corte y ponerse la pensión ? Y en el caso del régimen de visitas que puedo hacer ?

Primero definir que la pensión voluntaria es cuando no intercede ningun medio judicial y el le aporta dinero VOLUNTARIAMENTE para el desarrollo de su hijo (a), si el va a la corte le hacen el mismo calculo que a cualquiera. Luego por el régimen de visitas si usted cree estan en riesgo presentese al juzgado de familia interponga una denuncia por X causa, espere la audiencia, lleve pruebas y preparate psicólogamente porque es un proceso agotador
 
No hay derechos

Buenas tardes alguien que conozca del tema mi consulta es el padre de mi hija quiere ponerse el mismo la pensión alimenticia para poder solicitar el régimen de visitas cosa que yo no acepto por muchas cosas que le podrían suceder a mi bebe si el se la lleva son dos consultas el puede ir a la corte y ponerse la pensión ? Y en el caso del régimen de visitas que puedo hacer ?

Estimada Vanessa.
La pensión voluntaria, es una contribución que el progenitor da. Si no le parece suficiente puede ir a un juzgado de familia y le determinan el monto obligatorio, si lo hace, en ese mismo instante la voluntaria muere.
Por otro lado, el hijo no es una mercancía, y el que lo vea no depende de si paga o no paga pensión, es un error muy común asociar ambas cosas. Son procesos diferentes. Para que lo tenga claro, no puede ver o llevarse el hijo, aun y cuando, usted interponga la pensión alimentaria.
Si usted no lo deja, el tiene que aceptar, o bien, interponer un proceso de Régimen de visitas, por el cual tendrá que pagar un abogado, y además usted puede plantear los días en que lo podrá ver, así como si lo podrá llevar o no. Los terminos los fija el juez, y solo hasta que se lleve a cabo el proceso de visitas.
 
Estimada Vanessa.
La pensión voluntaria, es una contribución que el progenitor da. Si no le parece suficiente puede ir a un juzgado de familia y le determinan el monto obligatorio, si lo hace, en ese mismo instante la voluntaria muere.
Por otro lado, el hijo no es una mercancía, y el que lo vea no depende de si paga o no paga pensión, es un error muy común asociar ambas cosas. Son procesos diferentes. Para que lo tenga claro, no puede ver o llevarse el hijo, aun y cuando, usted interponga la pensión alimentaria.
Si usted no lo deja, el tiene que aceptar, o bien, interponer un proceso de Régimen de visitas, por el cual tendrá que pagar un abogado, y además usted puede plantear los días en que lo podrá ver, así como si lo podrá llevar o no. Los terminos los fija el juez, y solo hasta que se lleve a cabo el proceso de visitas.
Gracias por su respuesta pero mi consulta es si un hombre puede ir a la corte y ponerse el mismo la pensión para así pedir el régimen de visitas
 
Gracias por su respuesta pero mi consulta es si un hombre puede ir a la corte y ponerse el mismo la pensión para así pedir el régimen de visitas

No. La pensión solo la pone la madre. La llamada "pensión voluntaria" no da ningún derecho de visita; así como la pensión interpuesta por la madre tampoco. Le repito no tiene que ver una cosa con la otra. Las visitas se ven el el proceso de régimen de visitas. El hecho que pague o no pague nada tiene que ver con ese derecho. Mientras ese proceso no se lleve a cabo si usted no lo permite no lo puede ver, punto.
 

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