maomeno
La respuesta de Roquitico es uena en teoría, porque así debe ser, pero está maomeno en cuanto al tema practico...
notificar a la cubana en USA está muy dificil.
Igual sale muy caro el tema del nombramiento de un representante legal pa la cubana aca... esa figura se llamaba antes CUARADOR AD LITEM, ahora seguro le cambiaron el nombre... jaja con el plan fiscal digo
Consiste en que el Juzgado de Familia le nombra un abogado de la lista de abogados privados que al efecto tiene la Dirección Ejecutiva de la Corte, ese abogado no hace nada, no sirve para nada, pero el señor consultante tendrá que pagarle los honorarios, el último que vi en un caso similar le ordenaron depositarle como 500 dolares mediante deosito a la cuenta del Juzgado, o el proceso no continúa...
Mal...
Es mejor APLICARLE un McGiver.... todos los abogados que lean esto sabran de que hablo.-.-.-.-
Respecto de que es mejor buscar un abogado: no es que si quiere busca un abogado, no no es que TIENE que buscar un abogado, pues necesita patrocinio letrado para interponer la demanda y continuar con el proceso.-
No busque consultorios jurídicos porque lo embarcan.- (son estudiantes mal asesorados por un profesor leguleyo -generalmente- que los manda a actuar conforme a la teoría y no conforme a la solución de los problemas practicos)
Honorarios de un abogado CON TITULO que le haga ese brete, colones más colones menos.- 500 dólares.-
Por último: el comentario del compañero Roquitico se ajusta a la realidad procesal, las diferencias que le aporto son cuestiones de estilo personal, espero no se moleste.-
Saludos