Mirá, no hay nada que genere más problemas en el Derecho de Arrendamientos, que este híbrido de local comercial/casa de habitación. Te lo digo por experiencia... más de 15 años en el ramo!
Mi consejo: decídase, o la alquila para casa de habitación o la alquila como oficina (local comercial), pero evitese esas molestias y trastornos propios del híbrido.
Ahora, si no hay manera de separar las cosas, y es absolutamente necesaria la mezcla de ambas actividades, acuda a un experto que le prepare un buen contrato de arrendamiento, el cual no le evitará problemas (ningún contrato tiene esa potestad) pero al menos clarificará las cosas a la hora de discutir judicialmente las cosas, si es que se llega a estos niveles.
En esto, como en cualquier asunto de negocios, no se vale escatimar. No se deje llevar por "machotes" de contratos que circulan por ahí, o por el "asesoramiento" de estudiantes de derecho o gente que, con buena intención pero poco conocimiento práctico y teórico del tema, te proponen soluciones para salir del paso.
Suerte!