¿Cuánto tiempo se mantiene la información en mi informe de crédito?
Aún cuando la Ley 8968 limita el plazo de conservación de datos personales que puedan afectar a su titular hasta los diez años, Equifax, respetuoso de la normativa constitucional costarricense, en apego al Derecho al Olvido enunciado en la resolución 2006-16036, mantiene como política el suprimir ese tipo de registros una vez hayan transcurrido cuatro años desde que el adeudo haya sido efectivamente cancelado, o bien, que haya sido declarado incobrable por la autoridad competente.
Es evidente que el correcto manejo de su crédito tiene una eventual fuerza en el nivel de riesgo para el Mercado de Capitales, razón por la que envuelve un evidente interés público y aunque en el caso de los documentos públicos, tales como expedientes de juzgados, se mantiene como un histórico vitalicio en los sistemas de Información y Tecnología del Poder Judicial, etc. no ocurre así con los cobros de índole administrativo que pueden ser suprimidos una vez normalizada o cancelada la deuda ante solicitud del acreedor.
¿Quién puede tener acceso y obtención de mi informe de crédito?
Además de usted, pueden consultar su informe las entidades que otorgan crédito, tales como bancos, agencias de cobranza, compañías de seguro y patronos. Al amparo del Sano Juicio y en ausencia de una Ley que defina parámetros claros, DATUM solicita a las empresas comerciales que deben tener un "propósito permisible" para obtener su informe de crédito y no se afilian a personas sin ese propósito bien definido.
¿Tengo que acudir a Los Tribunales para modificar información errónea de mi reporte de crédito?
No, no es necesario.
Por medio de la vía administrativa, y comunicándose al teléfono (506) 280-2818 se le remitirá con la empresa autorizada por DATUM para actualizar o corregir su reporte de crédito sin ningún costo y de manera expedita (menor tiempo posible).