Bronca por fiar a un compa

Hola a ver si alguien me puede ayudar o aconsejar algo.
El asunto es que hace un tiempo un "compa" ocupaba algo yo le serví de fiador ahora el mae tiene 7 meses sin pagar, yo quiero saber si yo me hago cargo de la cuenta hay alguna forma legal de poder recoger algo de lo que el mae tiene? como forma de pago, me refiero tele, refri no se lo que tenga?
 
Legalmente no. Al fiar a una persona usted se está comprometiendo a pagar la deuda en caso de que él no cumpla. Nada más.
Si el compañero no es mala persona, tal vez le entregue algo a cambio, pero le aviso que eso no suele pasar. Generalmente se quedan muy tranquilos y muertos de risa.
Puesto en palabras simples: TE ROBARON
 
La triste historia de siempre... Si hay algo jodido, es fiar a alguien. La gente cree que es solo ir y firmar "papeles", que es un mero requisito, pero generalmente no tienen conciencia de que lo que están haciendo es un contrato de garantía, donde le están diciendo al acreedor: "si este no paga (que de hecho nunca pagan, para eso está el güicho del fiador) porque no puede, o porque no quiere, YO pago todo... Pago capital, pago intereses, pago gastos administrativos y judiciales y pago los honorarios de los abogados". Ahora, dificilmente le vas a cobrar nada a tu "compa", porque si no tiene nada, nada le vas a poder embargar. En esto hay una regla de oro: si uno no fía, pierde la amistad... Pero si fía, pierde la plata y pierde la amistad. Por eso yo no fío, prefiero perder solo la amistad (que igual siempre se pierde) y no la plata.
 
Pues papillo para decirlo en palabras bonitas se jodió, no hay.
Aquí la prenda de respaldo es ud. Por eso no se le fía pero ni a la propia madre de uno.
En el mejor de los casos si se van a cobro judicial les embargan a los dos por parejo
 
MAE NO NADA, lo unico q puede sacar de esta horrible situacion es a nunca pero nunca fiar pero ni a un hermano porq uno nunca llega a conocer bien a las personas y no sabe si lo van a joder!!!
 
dudo mucho que su "compa" quiera el dia de hoy seguir siendo su "compa" y le retribuya algo de la deuda

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Mae, en mi experiencia le digo que casi que no le puede recuperar nada. En el caso que usted pague la deuda y le subroguen el pagaré a usted, solo en ese caso podría tratar de embargar al compa suyo, pero solo en el caso de que tenga bienes o salario y eso mi compa, es un proceso aparte.
El problema es que si no pagas la deuda, lo que va a pasar es que te van a embargar el salario, y muy probablemente le vayan a caer al carro o su casa si son propias; Ahora, si usted tiene una pensión alimenticia, dependerá del grado de liquidez que le quede para que le entre el embargo, pero si no, ahí quedará haciendo fila hasta que pueda entrar, generando intereses y demás gastos.

Mi consejo, que fue lo que yo hice, fue pagar la jarana, y subrogarme los derechos del pagaré, pidiendo que le entreguen el mismo, cosa que no se lo pueden negar, porque usted está cancelando la deuda y que le hagan una constancia de que usted fue el que pago la deuda, y presenta los escritos en la corte para terminar con el embargo suyo y proceder con la demanda civil contra su compa, para que le recupere algo por mes aunque sea... Es un pleito hijueputa le digo y muy probable que la amistad se pierda...
 
un compa fia al cuñado (esposo de la hermana), resulta que le fio un horno mocrohondas en el gollo, el mae pago unos cuotas y dejo de pagar, cuando el compa lo llamaron del gollo debia un monton de plata, el mae se fue a gollo a pagar todo el microondas de una vez, se fue calladito a la casa de la hermana le pidio permiso para entrar hagarro el microhondas y cuando la hermana le pregunto para donde lo llvava el le tiro la factura en la cara y le dijo que ya era de el, que el lo pago por que la porqueria de esposo que tiene no lo pago y le ivan a enbargar el salario, asi que el iva a disfrutar algop que el pago.
 
Mae yo estoy de lactante, un hp me la hizo y los muy malparidos del banco hasta a mi abuela que ni visito la llaman y le ventean toda la jugada, la verdad tocó asumir consecuencias
 
Mae yo estoy de lactante, un hp me la hizo y los muy malparidos del banco hasta a mi abuela que ni visito la llaman y le ventean toda la jugada, la verdad tocó asumir consecuencias

Por ley, es ilegal llamar a un tercero que no tiene que ver nada con la deuda, las únicas personas que pueden llamar es a los que tienen la deuda. Si llaman a familiares o amigos, puede demandarlos, al menos, hasta donde sé.
 
A que buena nota saberlo mae, ahí por lo menos voy a investigar más profundo para que dejen de pegarme color con todo el mundo, pura vida
 
Consulta y que me ayuden

Lo que sucede es que una conocida mia sirvio de fiadora a un HP irresponsable y ahora simplemente se jalo y no pago ni mie.... la cuestion que obvio la llamaron a ella y ahora entro en cobro judicial mi consulta es ella por este motivo de embargo de salario la despidieron y esta actualmente sin empleo son dos consultas ella puede llegar a algun arreglo ya que no tiene empleo? Y la segunda es si ella empieza a trabajar igual le embargan el salario si lo depositan o si le pagan en efectivo?
 
Lo que sucede es que una conocida mia sirvio de fiadora a un HP irresponsable y ahora simplemente se jalo y no pago ni mie.... la cuestion que obvio la llamaron a ella y ahora entro en cobro judicial mi consulta es ella por este motivo de embargo de salario la despidieron y esta actualmente sin empleo son dos consultas ella puede llegar a algun arreglo ya que no tiene empleo? Y la segunda es si ella empieza a trabajar igual le embargan el salario si lo depositan o si le pagan en efectivo?
Por embargo, hasta donde sé, es ilegal despedir. Pero como a los patronos ticos no les gusta que un empleado tenga embargos, simplemente declaran restructuración de personal para quitarse el tiro. Si ella está sin empleo, le pueden embargar cosas que tenga a su nombre. Si lo único que tiene embargable es el salario, pues se esperan a que empiece a trabajar para mandarle el embargo al nuevo lugar de trabajo.
 

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