Como se realiza un cobro judicial???

Buenas,

Tengo una pequeña distribuidora y doy de crédito 30 días, un "cliente" me ha venido cancelando a pagos de polaco una semana me da 10 mil otra nada y asi, ahora tiene 4 semanas de no dar NADA, y este tipo de forma de pago no es la acostumbrada en mi medio, todo el mundo cancela a 45 días monto exacto de facturas. Este amigo tiene ya facturas a 120 días...., como se tramita un cobro judicial? que hay que aportar? yo lo que tengo son facturas firmadas y listo!!!

Se les agradece toda la ayuda posible...
 
Simple...

Requieres de:
1. Un titulo ejecutivo.
2. Vencimiento del titulo.
3. No prescripción del título.
4. Posibilidad de recuperación.

En su caso, las facturas valen por titulo ejecutivo, vencen en treinta días y prescriben en un año. Ahora bien, lo importante es que la persona a demandar posea bienes inscritos a su nombre, lo cual permitiría hacer efectivo su cobro, de lo contrario, ud podría encontrarse con una sentencia en su mano que declare el crédito a su favor, sin que exista ninguna posibilidad de cobro.

El proceso monitorio es sumamente sencillo, y dependiendo del juzgado (El especializado de cobros de SJ es muy lento), también es rápido.

En cualquier caso, lo mejor es que se acerque a algún abogado de su confianza e inicie el trámite de cobro cuanto antes
 
Requieres de:
1. Un titulo ejecutivo.
2. Vencimiento del titulo.
3. No prescripción del título.
4. Posibilidad de recuperación.

En su caso, las facturas valen por titulo ejecutivo, vencen en treinta días y prescriben en un año. Ahora bien, lo importante es que la persona a demandar posea bienes inscritos a su nombre, lo cual permitiría hacer efectivo su cobro, de lo contrario, ud podría encontrarse con una sentencia en su mano que declare el crédito a su favor, sin que exista ninguna posibilidad de cobro.

El proceso monitorio es sumamente sencillo, y dependiendo del juzgado (El especializado de cobros de SJ es muy lento), también es rápido.

En cualquier caso, lo mejor es que se acerque a algún abogado de su confianza e inicie el trámite de cobro cuanto antes

Gracias por la respuesta!! pregunta, su ultimo "abono" fue hace cuatro semanas eso impide el cobro o no??? antes creo que no tenia que haber pagado como en 3 meses para proceder, ahora no???
Se puede realizar este trámite sin abogado??? o sea puedo ir yo a dicho juzgado y realizarlo?
 
Repuesta

Este tema es bastante diario en Costa Rica, dependiendo del titulo y del monto varia el juzgado al que va a presentarse, una vez presentado el caso se revisa, y si no cumple con los criteriops de admisibiliad de la nueva ley de cobro asdministrativo el acreedor tiene 5 días para el subsane, sino lo hace se extingue la acción, si el juzgado juzga improcedente el pedido del banco o del ente emisor lo rechaza y el acreedor tiene derecho a la revocatoria con apelación en subsidio, si esta le es favorable entonces procede a notificar el juzgado el proceso al deudor, en este lapso de oposición la persona puede solicitar que se den por prescritos los intereses vencidos, pues estos prescriben al año, y verificar que la deuda sea válida o si mas bien ya prescribio, el proceso puede tardar entre 4 meses y 1 año, a veces mas
 
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