Compre carro con multa impugnada

will9302

Forero Regular
Pongo la consulta aquí, ya que varios han tenido muchos años comprando carros y esta es la primera vez que me pasa.
Compre un carro carro el 19 de diciembre o por esas fechas del año anterior, y el notario como siempre hizo el estudio, y apareció "LIMPIO". Resulta que hoy lo iba a vender, y el abogado del muchacho encontré en la página del COSEVI 4 partes impugnados.
Los 4 son de polarizados y dan una suma en total como de medio millón, luego llame al notario, (en realidad con quien hable fue con las secretarias) de porque no me informo de estos partes antes de hacer el traspaso, y me dijo que quien tiene que revisar la pagina del COSEVI es el cliente, que ellos no, me extraño realmente cuando el Código Notarial dentro de sus alcances de funciones dice:
" Informar a los interesados del valor y trascendencia legales de las renuncias que hagan, así como de los gravámenes legales por impuestos o contribuciones que afecten los bienes referidos en el acto o contrato."
Bueno la secretaria termino diciéndome que en caso de que las multas salieran desfavorecidas y aplicaran la infracción, que yo, siendo el actual dueño me exoneraría del pago de las mismas presentándole al juez la escritura y mostrando que las fechas de las infracciones no corresponden al momento de adquirir el carro.

Mi pregunta es.
¿Es cierto lo de exonerar el pago de las multas, con la escritura?
¿Es cierto que el notario no tiene porque revisar la pagina del COSEVI obligatoriamente?
¿Puedo demandar al notario?
 
Ya fue o llamo al colegio de abogados ???

se le podrá cobrar esos partes al abogado ,,,

ya llamo al dueño anterior para que arreglaran eso ???
 
Ya fue o llamo al colegio de abogados ???

se le podrá cobrar esos partes al abogado ,,,

ya llamo al dueño anterior para que arreglaran eso ???

El colegio de abogados me informaron que no ven casos notariales, y en el juzgado notarial (creo que así se llama), una recepcionista me atendió y me dijo que consultara con otro abogado y que pusiera la queja, pero en realidad no me dijo nada.
Ahora con el antiguo dueño, lo llame y el mae dentro de su ignorancia pensó que esto no me iba afectar, ya que según el ya había vendido un carro así. El esta dispuesto a firmar o hacer lo necesario para que el carro quede libre.
Quiero saber si hay alguna manera de trasladar esos partes impugnados a la licencia y que el carro quede completamente libre.
Estoy muy awebado la verdad. :s
 
ya ahorita aparecerá un experto en el tema. . . paciencia joven aprendiz paciencia

o devuelva le el auto y que el te devuelva el dinero ???
 
Primero que nada, metámonos en la cabeza que una cosa es un NOTARIO PÚBLICO y otra es un ABOGADO... Todo lo relacionado con escrituras, lo realiza un Notario Público, que es un funcionario público. Ahora, que para ser Notario, se requiere ser abogado, eso si. Todos los Notarios son a la vez abogados, pero NO todos los abogados son notarios.
Las broncas con Notarios, como esto que expone el compañero, NO tienen nada que ver con el Colegio de Abogados, sino con la Dirección Nacional de Notariado, que se encuentra en Galerías del Este, Curridabat, por la Plaza del Sol.

Ahora bien, con respecto a lo que pregunta el amigo, las respuestas son: 1) El Notario es el responsable de que el traspaso se haga sin problemas, y por supuesto debió ver el tema de COSEVI. 2) Eso de que te quitás la responsabilidad con la escritura, es una solemne yegüada... 3) Claro que podés exigirle responsabilidad al Notario. Tenés que ir a la Dirección Nacional de Notariado y presentar la denuncia, llevando todas las pruebas, que serían una copia certificada del documento por el Registro, con el defecto, y ojalá el recibo del pago de los honorarios que le hiciste.

Suerte!
 

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