Buenas: Tengo una preguntita que no se si alguien seria tan amable de responderme.
Si te encuentran conduciendo sin licencia el COSEVI te ponen un castigo para no poder sacar la licencia por dos años. Digo, te prohíben sacarla por esos dos años...
Pero se puede sacar la licencia durante los diez días de tiempo que te dan para presentar reclamos??
O mientras la multa se encuentre en proceso de impugnación es valido sacar la licencia??
Y si no se pudiera sacar en esos dias... Es legal que te prohíban sacarla si la sentencia aun no esta en firme??
PV y muchas gracias de antemano..
Este es un caso más de "quién llegó primero: el huevo o la gallina?".
Es asunto de tiempos. Por ejemplo, si a Usted le hacen un parte hoy por licencia vencida, puede ir a renovarla mañana mismo y no le aparecerá ese parte y podrá renovarla sin problema. Igual si le decomisan la licencia, el día siguiente puede ir a pedir un duplicado sin problemas.
En pocas palabras, Usted puede hacer todo lo que quiera ANTES de que el parte sea debidamente digitalizado y cruzado con su expediente. Después de eso mamó.
El problemita resulta cuando a Usted, después que le hicieron la infracción, sacó la nueva licencia (primera vez, renovación, duplicado, etc) y la infracción cometida antes significaba la pérdida (o restricción) de la licencia. Cuando por alguna razón lo paren otra vez, inmediatamente saldrá a relucir el asunto y le volverán a aplicar la misma, posiblemente con otras consecuencias.
Casos así ya se han citado en medios de comunicación, con asuntos de infracciones por licor, en donde los conductores sancionados que supuestamente han perdido su licencia (todos los puntos), han renovado o duplicado su licencia durante esa ventana de tiempo entre la infracción y cuando la misma quede debidamente digitada y anotada en el expediente.
En el caso de infracciones impugnadas (que quitan o limitan la licencia), es claro que mientras no haya resolución, se puede hacer cualquier cosa. El detalle aquí es igual que una "prisión preventiva" pendiente de resolver. Usted está "libre" hasta que la resolución final dicte lo contrario. En ese momento, es cuando se dicta la ejecusión de las medidas o castigos. Se supone que el "condenado" debe presentarse a cumplir la prisión preventiva (o devolver la licencia o abstenerse de manejar) de inmediato, pero sabemos que eso no sucede así.