Consulta sobre deuda.

Buenas:
Hace aproximadamente 8 años dejé una deuda por 282.000 colones sin cancelar, no podía pagarla, estaba desempleado y con una hija recién nacida. (Se que eso no es lo correcto pero bueno, hay que ser padre para hacerlo). El tiempo pasó y nunca me llamaron, no me notificaron, ni me hicieron ningún intento de cobro. Ocho años luego recibí un comunicado de que mi salario estaba embargado (claramente había olvidado el tema, mal de mi parte) . Averigüé cuanto era el porcentaje de embargo y me sometí a eso, podía vivir sin esa parte que me quitaban y así cerraba el capítulo definitivamente.

Cuando terminó el embargo, me acerqué al juzgado donde se había tramitado a por una certificación donde hiciera constar que ya se había pagado la deuda y solicitar una carta de descargo de la misma. Sin embargo el muchacho del juzgado me dijo, acá dice que ud debe un millón setecientos aun, mejor vaya y hable lo antes posible, (La letra era por 400mil) y el resto obedecía a cargos por mora. me dijeron en la financiera. Entonces resolví someterme de nuevo al embargo salarial.

Para mi sorpresa dos meses después me llamaron y me dijeron que la deuda había llegado a dos millones seiscientos por tramites administrativos, intereses corrientes, más intereses de mora. Esa llamada fue un lunes y me comunicaron que el jueves mi propiedad (mancomunada) sería adjudicada a la financiera en remate (valorada en 85 millones). Le consulté si no procedía el embargo salarial y me dijeron que no, que ellos estaban en capacidad de hacer eso.

Negocié con el despacho jurídico y me dieron la oportunidad de cancelarles un millón seiscientos y acabar definitivamente con el proceso y la cuenta. Entonces como pude conseguí el dinero en 3 horas y lo cancelé (ya tengo las cartas de descargo)

Mi consulta es :

¿Pueden cobrar una deuda después de más de 4 años sin recibir un abono?

¿Pueden rematar la propiedad (y adjudicársela) sin haberla embargado y sin haber procedido el embargo salarial antes?

¿Puedo demandar?

Gracias
 
Si usted no contrata a un abogado con experiencia en esos procesos y se asesora e interpone oposición (en el momento oportuno) poco les faltará para ponerle cadenas o joderlo con lo mismo en un futuro lejano, al momento de usted pagar renuncia a prescripción etc, creo que se jodió solo, le recomiendo que guarde TODA la documentación por alrededor de 30 años, no sea que le ROBEN su jubilación o sus bienes, suerte :eso:
 
Consulta

Buenas compañero.

Ahí le respondo sus consultas con el debido respeto.

Mi consulta es :

¿Pueden cobrar una deuda después de más de 4 años sin recibir un abono?

Si las deudas nunca prescriben, mucha gente cree que al pasar 5 años eso sucede pero esos son ciertos casos del pasado que por alguna particularidad se dio le menciono un ejemplo antes se usaban maquinas de escribir , por alguna mala redacción en un contrato o letra tal vez sucedió pero como dicen cada caso es se analiza por aparte.


¿Pueden rematar la propiedad (y adjudicársela) sin haberla embargado y sin haber procedido el embargo salarial antes?

Como usted mismo menciona, ya hubieron ciertos procesos eventualmente
podrían, aun así no le aseguro por que es un proceso interno de la financiera o el banco.

¿Puedo demandar?

Si usted gusta si pero tendría que tener un buen argumento yo le recomiendo que mejor cancele y deje todo a bien ya que si no tiene un buen argumento, tendrá que pagar abogado, tiempo y si no gana el caso?


Gracias
 
En realidad yo cancelé todo lo que me dijeron y tengo cartas de descargo que indican que la operación está cancelada. Claramente lo hice por la presión del supuesto remate de mi propiedad,. Sin embargo ya en frío encuentro un proceso lleno de vicios y vacíos legales. De hecho te fo hasta las llamadas telefónicas grabadas
 

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