Embargo de salario no autorizado

Hola, hoy ha sido un dia duro! Trabajo como gerente hotelero y gracias a Dios me he mantenido ocupado en estos momentos. Sin embargo hoy me llevé la mayor desepcion de mi vida. Hace unos meses adquiri una deuda con mi patrono dueño del hotel y a la fecha no habiamos negociado ninguna forma de pago por diversas razones, mucho trabajo y poca comunicacion por cuestiones laborales, pero hoy que era dia de pago no recibi nada y la respuesta es que mi patrono tomo la desicion de tomar todo mi salario quincenal sin antes notificarme o consultarme y cobrarse parte de la deuda. Entiendo que es ilegal, pero a esta hora ni se a cual abogado acudir para hacer la consulta. Sabe alguien de alguien.
 
haga lo que dice el compa de arriba "juzgado de brete" hay o se lo solucionan o se lo solucionan ya que hasta le consiguen un abogado
 
Si no hay términos o contratos firmados que pongan las condiciones de la deuda, no se puede embargar el salario.

Mucho menos si no hubo un proceso legal de por medio para tramitar el embargo, pues los embargos tienen que ser ordenados por un juez. Muchísimo menos embargar de manera arbitraria la cantidad de salario que le dé la gana, por ley hay un límite de salario que se puede embargar y ésta cantidad es ordenada por un juez mediante el debido proceso legal y notificación previa de al menos 15 días de que va a proceder el embargo, esto para darle al deudor tiempo suficiente para apelar o llegar a algún arreglo.

Donde le pueden ayudar con eso es con el Juzgado de Trabajo, ojo Juzgado de Trabajo, no el Ministerio de Trabajo.
 
haga lo que dice el compa de arriba "juzgado de brete" hay o se lo solucionan o se lo solucionan ya que hasta le consiguen un abogado
Disculpe, pero eso no es cierto... En el Juzgado de Trabajo no le consiguen abogado a nadie. No solo no es su función, sino que a los empleados les tienen expresamente prohibido asesorar a la gente.
Y con respecto a la consulta, eso es absolutamente ilegal. Eso no es un EMABRGO, ya que el embargo lo ordena una autoridad judicial. Eso es una RETENCIÓN INDEBIDA, así que considere la vía penal, que es más rápida que la laboral.
 
Es correcto lo que dice Trimboniano, ES ILEGAL.
Otra noticia! es probable que se quede sin trabajo a partir del momento en que pretenta hacer valer su derecho.
Suerte
HNRLAW
 

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