Incapacidades Médicas: ¡Ojo, Mae! Cambios Que Pueden Dejarte En Un Brete Con La CCSS

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¡Aguántate, porque esto te afecta directo! Resulta que hubo unos cambiacitos en las reglas de las incapacidades médicas, y muchos todavía andamos medio perdidos. Desde el 11 de julio, la cosa cambió, y si no estás al tanto, podrías meter la pata y hasta irte al traste con tus derechos. Venga, vamos a ponerle atención a este brete.

Durante años, la regla era clara: si estabas incapacitado, te echabas pa’ lante y listo. Nada de trabajito, ni churche a hacer. Pero ahora, el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias e Incapacidades a los Beneficiarios del Seguro de Salud le puso un par de remates a la historia. Básicamente, antes era “reposo absoluto”, punto. Ahora sí, hay excepciones, pero ojo, no es andar haciendo lo que se le antoja al mae.

Según el artículo 14, inciso c, de dicho reglamento, la idea es que estés descansando, recuperándote, sin hacer ninguna actividad remunerada, ni académica, ni siquiera echar unas maicitas al parque. Ni viaje, ni nada que interfiera con la curación. Pero aquí viene el detalle: si el doctor considera que ciertas actividades ayudan a tu recuperación – y eso tiene que estar bien documentado en tu expediente clínico, ¡ojo ahí! – entonces sí, puedes hacerlas, pero con su visto bueno por escrito.

La doctora Paula Villalobos, de la Comisión Central Evaluadora de Licencias e Incapacidades de la CCSS, nos dejó clarito: “Esto no depende de si tú quieres, ni de los amigos, sino de lo que diga el médico”. Y añadió: «Los casos en que, de acuerdo con el criterio del profesional que extiende la incapacidad, se recomiende realizar alguna actividad física o recreativa como parte del tratamiento, deben quedar anotados y justificados en el expediente clínico, indicando el tiempo y el tipo de actividad que requiere el asegurado para su recuperación durante su periodo de incapacidad, siempre que no ponga en peligro su salud».

Imagínate, si tienes problemas de rodillas, y el doctor te dice que caminar un poquito te ayuda a fortalecerlas, ¡adelante! Pero si te vas a estar corriendo maratones, ahí sí te jalaste una torta. Y lo peor es que la CCSS puede investigar y hasta negarte futuras licencias si ven que estás abusando de la situación. No vaya a ser que piensen que te haces el enfermo para ir a pescar, diay.

Es importante recordar que la incapacidad es una orden de reposo dada por un médico o dentista autorizado por la CCSS. No es un permiso para irte de gallito ni a disfrutar de tus pasatiempos sin más. Lo fundamental es consultar con tu doctor y seguir sus indicaciones al pie de la letra. Él sabe qué es lo mejor para tu salud, y evitará que te metas en líos con la seguridad social. Es como decir, no seas aguafiestas y escucha a tu curandero.

Muchos se preguntarán, ¿cómo sé si mi doctor me va a recomendar hacer algo durante mi incapacidad? Pues sencillo, habla con él abiertamente sobre tus preocupaciones y necesidades. Explícale cómo te sientes y qué actividades crees que podrían ayudarte a mejorar. Y asegúrate de que quede registrado todo en tu historial clínico. Porque si no queda por escrito, luego vendrá el problemita y tendrás que pelear tu caso.

Así que ya sabes, mae, infórmate bien sobre estos cambiacitos. No te vayas a sorprender cuando te pidan explicaciones de por qué estabas jugando fútbol mientras tenías una incapacidad. ¿Tú qué opinas? ¿Crees que estas nuevas reglas son necesarias para combatir el abuso de las incapacidades o van en contra de los derechos de los trabajadores?
 
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