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Mas o menos así... en el diario se pone la página del mayor en donde va la cuenta si usa auxiliares entonces usa la primera columna, en el mayor se escribe la página del diario en donde está el asiento con el nombre del asiento, en el de inventario y balances se comienza el libro con los balances del último periodo... así me enseñaron a mi... :?:
No, la intención está buena, pero está enredando el asunto. Los libros legales es un asunto muy serio. Incluso hay una fuerte multa de Tributación a quién no los lleva o no los tiene al día. La multa es un salario base (artículo 82 del Código Tributario). Lo más que se permite de atraso son tres meses, por eso se ha interpretado que se pueden hacer asientos trimestrales aunque la ley dice que deben ser mensuales.
Lo mejor sería dárselos a un contador que sepa, porque hay un montón de "titulados" pero nunca en la vida han visto un libro real.
Actualmente Tributación permite el libro digital, es decir, llevado en una herramienta digital. El proceso de legalización de esos libros es muy sencillo y se puede llevar en Excel o Word, por ejemplo, pero debe agregarse un número de autorización que lo da Tributación. Recientemente se llenaba un formulario y se presentaba en la Tributación en donde le daban ese número de autorización. Ahora suspendieron ese servicio, así que tiene que pedirse por medio electrónico, uno de ellos es la página web "creaempresa" del gobierno de Costa Rica. Pero necesita firma digital. Lo mejor es consultar directamente en Tributación.
La forma de llenar un libro no se puede explicar aquí. A mí me ha pasado de gente que le explico en persona y tres meses después no se acuerdan de nada. Y los libros no pueden tener tachaduras ni correcciones, por lo tanto e insisto, debe ser alguién que sepa.
Importante es esto: si es una empresa o sociedad, o persona con actividad lucrativa, se llevan los libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances, o sea tres. Si es un profesional solo lleva un libro de Ingresos y Gastos y otro de Activos Fijos. Si es una sociedad anónima llevará libro de Registro de Accionistas y los de Actas de Asambleas y del Consejo de Administración, que aunque no son contables, también deben estar al día porque en las asambleas se aprueban lo estados financieros. Si está inscrita para pagar impuesto de ventas, llevará además el Libro de Compras.
Espero haber ayudado en su duda