batisex
Forero Regular
Hola! Que tal?
Mi consulta es la siguiente:
El 10 de octubre fui cesado de mi trabajo. Del mes de preaviso laboré solamente una quiencena, por lo que me deben la otra quincena.
Dentro de la liquidación de la relación laboral se me incluyen los siguientes puntos: Vacaciones, Aguinaldo, Ahorro empresarial (una deducción quincenal que al final del año se nos reintregra), quiencena de preaviso y Cesantía.
El 30 de octubre me cancelaron las vacaciones y el aguinaldo, quedando pendientes el ahorro empresarial, la quincena de preaviso y Cesantía.
Ahora bien, mi consulta se trata de, cuánto tiempo es el prudencial que debería dar para que la empresa me cancele los rubros pendientes? Esto porque desde el 30 de octubre no se me cancela nada más. Sé que la ley no estipula un tiempo para hacer estas cancelaciones, pero entiendo que tampoco los patronos pueden extenderse mucho.
Y hago la consulta porque deseo saber o tener alguna guía, antes de tomar alguna decisión precipitada. No quisiera presentarme ante el MTSS, hacer la demanda y que luego me salgan con que todo esta con lo de la Ley.
Muy agradecido por cualquier aporte!!!
Mi consulta es la siguiente:
El 10 de octubre fui cesado de mi trabajo. Del mes de preaviso laboré solamente una quiencena, por lo que me deben la otra quincena.
Dentro de la liquidación de la relación laboral se me incluyen los siguientes puntos: Vacaciones, Aguinaldo, Ahorro empresarial (una deducción quincenal que al final del año se nos reintregra), quiencena de preaviso y Cesantía.
El 30 de octubre me cancelaron las vacaciones y el aguinaldo, quedando pendientes el ahorro empresarial, la quincena de preaviso y Cesantía.
Ahora bien, mi consulta se trata de, cuánto tiempo es el prudencial que debería dar para que la empresa me cancele los rubros pendientes? Esto porque desde el 30 de octubre no se me cancela nada más. Sé que la ley no estipula un tiempo para hacer estas cancelaciones, pero entiendo que tampoco los patronos pueden extenderse mucho.
Y hago la consulta porque deseo saber o tener alguna guía, antes de tomar alguna decisión precipitada. No quisiera presentarme ante el MTSS, hacer la demanda y que luego me salgan con que todo esta con lo de la Ley.
Muy agradecido por cualquier aporte!!!