Usucapíon, Mortual o ambos

Hola a todos, le expongo mi caso para recibir algún consejo de los expertos.

Hace 4 años compré una propiedad sin escritura pública, sólo hice una compraventa privada. La condición del trato es que junto con la persona que me vendía íbamos a tramitar todo lo necesario. Durante las investigaciones, nos dimos cuenta que la propiedad está dentro de una finca madre cuyo propietario ya murió. La persona que me vendió me entregó algunas de las anteriores escrituras privadas de ventas anteriores, que suman un periodo de aproximado de 32 años. La persona que me vendió murió y sus hijos me indicaron que mejor siguiera yo el proceso y al final podíamos arreglar lo del pago, siendo que yo le entregué sólo una parte del pago ( a pesar que él vendedor me firmó la compra venta privada frente a un notario).

Ya pude sacar el plano catastro de la propiedad, el topógrafo me dice que me asesore para ver si hay que hacer un proceso de usucapión o una sucesión. Dentro de la investigación conocí a uno de los hijos del dueño registral muerto. El me confirmó todo sobre como se ha venido traspasando la propiedad de dueño en dueño sin escritura pública, sólo traspasando los derechos de posesión por medio de compraventas con abogados ( de las cuales tengo tres de ellas, pero ninguna del dueño registral). Parece que existen más hijos del dueño registral fallecido, y todos están concientes de que esa parte de la finca fue vendida y ya no es parte de la que dejó el fallecido. El dueño registral era viudo.

Puedo lograr algo con este señor hijo del dueño registral fallecido, es decir, tramitar mi escritura?, por medio de usucapíon o mortual? Muchas Gracias.
 
No entiendo la pregunta, a ver, usted compro una finca no inscrita, pero indica que el abogado le hizo el traspaso de la propiedad sin inscribir, y el notario para realizar ese documento, ocupa el plano, entonces no veo problema, realiza la informacion posesoria y punto, a menos de que el notario haya obviado ese super requisito del plano.
 
Bueno,, voy a actualizar, el caso es que la propiedad que compre se debe segregar de una propiedad cuyo dueno ya fallecio. voy a tramitar mortual con uno de los hijos del dueno registral. La pregunta es si es posible, en alguna parte del proceso sucesorio,pedir al juez que me permita escriturar la parte qu compre y no pagar escriturando toda la finca y luego segregar? Esto porque yo voy a pagar la mortual, ya que los herederos son muy pobres y yo necesito mi escritura de lo que compre. gracias
 
Para bien o para mal...

... esa consulta no es para un foro, es un asunto MUY complejo que requiere la asesoría profesional y PAGADA (nada de consultorios jurídicos universitarios).
 
Si, tiene que demostrarle al juez que usted posee ese derecho, pero igual, sigo sin entender, ya la propiedad es suya, ya le traspasaron el derecho, porque tiene que abrir sucesorio, puede hacer informacion pòsesoria, insisto, esta pregunta y como indica el compañero anterior, tiene que llevar todas lo que tiene adonde el abogado de su interes para que lo asesore, esta sacando conclusiones sin conocimiento.
 
Será que hoy amanecí medio bruto, pero de la redacción no me queda muy claro el asunto. Por favor, me corregís o me confirmás lo que estoy entendiendo:
1) La finca madre está inscrita
2) De esa finca madre se te vendió a vos un lote, pero sin hacer la segregación respectiva
3) Ese traspaso se hizo mediante un documento privado, autenticado por un abogado
4) El dueño de la finca madre ya falleció
5) El que te vendió, que no era el dueño registral, también falleció
6) Ya vos hiciste un plano de ese derecho que vos compraste
 
Hola Triboniano. Entendiste muy bien todo. Los puntos que enumeras son correctos, solo quiero ampliar un poco:

1- La finca madre está inscrita ( año 1990.)

2-De esa finca madre, se ha estado vendiendo un lote ( desde el año 1982, o sea, desde antes de haberse inscrito, ya que la finca madre se inscribió en el año 1990) esto por medio de documentos privados autenticados por abogados, incluidos en protocolo y con todas las descripciones de ley, a saber: linderos, medidas, ubicación y recientemente con número de plano catastrado. La segregación no se ha realizado ante el registro, porque el último vendedor no es el dueño registral.

3-Todos los documentos de traspaso tienen firmas autenticadas y números de protocolo.

4-El dueño registral de la finca madre murió en el año 1993.

5-La persona que me vendió también falleció. Él no era el dueño registral.

6- Ya tengo un plano catastrado e inscrito en el registro nacional
 

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