Hola mis estimados compas del foro la cuestion es que mi patrono dice que si de requerir mis servicios depues de la hora de la salida yo estaria "obligado a quedarme 4 horas mas .... entonces mi pregunta es... - Es cierto lo que dice y en que parte del codigo de trabajo esta??? ya q yo sepa a mi no me pagan por disponibilidad
Muchas gracias.gif)
Muchas gracias
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