¡Ay, Dios mío! Diciembre llegó pisando duro y, como siempre, con la promesa de festejos y… bueno, también la amenaza de cartas de despido. Las empresas ya están haciendo cuentas y ajustando presupuestos, y muchos empleados andan sudando frío pensando si su brete seguirá ahí después de Año Nuevo. Pero ojo, porque este año el Código de Trabajo está más despierto que gallina arañada y la posibilidad de meter la pata es mayúscula.
La tradición –y algunos dirían, la costumbre– de hacer recortes de personal a fin de año sigue latente en algunas empresas, especialmente con la presión del cierre fiscal y la búsqueda de reducir costos. Sin embargo, la ley es clarísima: despedir a alguien, especialmente a una persona embarazada o en período de lactancia, sin cumplir con los requisitos establecidos, puede convertirse en un dolor de cabeza monumental, ¡y de esos que te dejan pelao’!
Y es que el llamado “fuero de protección” es más robusto que toro bravo. No basta con decir “reestructuración” o “bajo rendimiento”. Ese tipo de excusas ya no convencen al juez. La legislación costarricense protege a ciertos grupos vulnerables, entre ellos mujeres embarazadas, dirigentes sindicales, adolescentes trabajadores e incluso a quienes denuncian corrupción dentro de las empresas. ¡Imagínate!, hasta denunciar irregularidades te pueden querer sacar del carrete.
El corazón del asunto radica en la necesidad de obtener la aprobación del Ministerio de Trabajo antes de proceder con cualquier despido que afecte a estas personas protegidas. Y no es un trámite sencillo, ¡para nada! Hay que demostrar que existe una causa justa y debidamente probada, como una falta grave demostrable, establecida en el artículo 81 del Código de Trabajo. Robo, agresión, o abandono injustificado del puesto podrían ser ejemplos, pero hay que tenerlo bien documentado, con pruebas irrefutables.
Ahora bien, aunque la trabajadora cometa una de esas faltas graves, la empresa no puede simplemente darle la carta de despido y listo. Tiene que ir corriendo al Ministerio de Trabajo, presentar todas las evidencias, y esperar la autorización del Inspector de Trabajo. ¡Un proceso que puede tardar semanas, y eso sin contar la posibilidad de que el Ministerio rechace la solicitud! Por eso, las empresas deberían pensar dos veces antes de aventurarse a desafiar la ley; el costo de equivocarse puede ser devastador.
Y ¿cuál sería ese costo? Pues, básicamente, la reinstalación inmediata de la trabajadora, el pago retroactivo de todos los salarios perdidos durante el tiempo que estuvo desempleada, y encima, una indemnización por daños y perjuicios. Imagínate sumar todo eso, ¡puede arruinar una microempresa o poner en jaque a una corporación grande! Además, queda la mancha en la reputación, y eso no tiene precio.
Las nuevas regulaciones de 2025 han endurecido aún más las cosas. Ya no es solo la maternidad la que genera protección. Ahora, las empresas deben estar particularmente cuidadosas con los líderes sindicales, quienes luchan por los derechos de los trabajadores, y con aquellos empleados que se animan a denunciar actos ilícitos dentro de la organización. Intentar silenciar a estas personas a través del despido es un error estratégico que puede salir muy caro.
En resumen, si estás pensando en hacer ajustes de personal este diciembre, ¡piénsalo dos veces! Asegúrate de conocer a fondo la ley, asesorarte con un abogado laboral y cumplir con todos los trámites necesarios. De lo contrario, podrías terminar metiéndote en un brete del cual será difícil salir. ¿Crees que las empresas realmente están tomando conciencia de la importancia de respetar los derechos laborales o seguirán buscando atajos que les puedan salir carísimos?
La tradición –y algunos dirían, la costumbre– de hacer recortes de personal a fin de año sigue latente en algunas empresas, especialmente con la presión del cierre fiscal y la búsqueda de reducir costos. Sin embargo, la ley es clarísima: despedir a alguien, especialmente a una persona embarazada o en período de lactancia, sin cumplir con los requisitos establecidos, puede convertirse en un dolor de cabeza monumental, ¡y de esos que te dejan pelao’!
Y es que el llamado “fuero de protección” es más robusto que toro bravo. No basta con decir “reestructuración” o “bajo rendimiento”. Ese tipo de excusas ya no convencen al juez. La legislación costarricense protege a ciertos grupos vulnerables, entre ellos mujeres embarazadas, dirigentes sindicales, adolescentes trabajadores e incluso a quienes denuncian corrupción dentro de las empresas. ¡Imagínate!, hasta denunciar irregularidades te pueden querer sacar del carrete.
El corazón del asunto radica en la necesidad de obtener la aprobación del Ministerio de Trabajo antes de proceder con cualquier despido que afecte a estas personas protegidas. Y no es un trámite sencillo, ¡para nada! Hay que demostrar que existe una causa justa y debidamente probada, como una falta grave demostrable, establecida en el artículo 81 del Código de Trabajo. Robo, agresión, o abandono injustificado del puesto podrían ser ejemplos, pero hay que tenerlo bien documentado, con pruebas irrefutables.
Ahora bien, aunque la trabajadora cometa una de esas faltas graves, la empresa no puede simplemente darle la carta de despido y listo. Tiene que ir corriendo al Ministerio de Trabajo, presentar todas las evidencias, y esperar la autorización del Inspector de Trabajo. ¡Un proceso que puede tardar semanas, y eso sin contar la posibilidad de que el Ministerio rechace la solicitud! Por eso, las empresas deberían pensar dos veces antes de aventurarse a desafiar la ley; el costo de equivocarse puede ser devastador.
Y ¿cuál sería ese costo? Pues, básicamente, la reinstalación inmediata de la trabajadora, el pago retroactivo de todos los salarios perdidos durante el tiempo que estuvo desempleada, y encima, una indemnización por daños y perjuicios. Imagínate sumar todo eso, ¡puede arruinar una microempresa o poner en jaque a una corporación grande! Además, queda la mancha en la reputación, y eso no tiene precio.
Las nuevas regulaciones de 2025 han endurecido aún más las cosas. Ya no es solo la maternidad la que genera protección. Ahora, las empresas deben estar particularmente cuidadosas con los líderes sindicales, quienes luchan por los derechos de los trabajadores, y con aquellos empleados que se animan a denunciar actos ilícitos dentro de la organización. Intentar silenciar a estas personas a través del despido es un error estratégico que puede salir muy caro.
En resumen, si estás pensando en hacer ajustes de personal este diciembre, ¡piénsalo dos veces! Asegúrate de conocer a fondo la ley, asesorarte con un abogado laboral y cumplir con todos los trámites necesarios. De lo contrario, podrías terminar metiéndote en un brete del cual será difícil salir. ¿Crees que las empresas realmente están tomando conciencia de la importancia de respetar los derechos laborales o seguirán buscando atajos que les puedan salir carísimos?